Documentos Diplomáticos. Acta de aceptación
Cancillería. El Gobierno acepta las condiciones de un acta de cesión que otro Estado hace a su favor

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Protocolo diplomático: acta de aceptación
Acta de aceptación. El Gobierno que acepta las condiciones de un acta de cesión que otro Estado hace a su favor, debe firmar y publicar un acta de aceptación, que según Meisel, para redactarla es preciso:
1. Escribir primero el preámbulo,
2. después insertar íntegra el acta de cesión,
3. y finalmente, los términos de la aceptación,
tal y como se observó en 1866 para la cesión que hizo Francia del Véneto a la Italia.
Documentos Diplomáticos.
- Manifiesto.
- La proclama.
- La declaración de guerra.
- La contradeclaración.
- Declaraciones de la Corte y Ministeriales.
- Acta de garantía.
- Memorándum.
- Acta de abdicación.
- Acta de renuncia de derechos de sucesión.
- Acta de cesión.
- Acta de aceptación.
- La protesta.
- La contraprotesta.
- Las reversales.
- Cartas reversales y carteles.
- Las notas.
- Nota verbal. Memoria. Votos. Actas y protocolos.
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Ceremonias que deben tener lugar con motivo del próximo alumbramiento de Mi muy cara y amada Esposa, cuando el Todopoderoso permita que se realice tan fausto suceso.
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Felicitación por el feliz alumbramiento, extendiendo la felicitación a toda la familia.
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Carta para la firma de S.M. condecorando al Príncipe, Infanta o Princesa que de a luz S.M.
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Envío de comprobantes al Ordenador de pagos para su aplicación al presupuesto correspondiente.
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En el Registro de Cartas Reales que empieza en el año 1819, se observa que todas las Cartas de Cancillería, Credenciales, Plenipotencias y de Gabinete, están refrendadas por el señor Ministro de Estado
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Credencial. Nombramiento de Comendador de número extraordinario de la Real y distinguida Orden de Carlos III.
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Carta Modelo del Ministerio del Estado. Carpeta-índice para las comunicaciones que se ponen a la firma del Ministro.
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Costumbre de preguntar, por cortesía, si la persona que se desea enviar a un país es grata a su Soberano y a su Gobierno.
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Ceremonial aprobado por S.M. Británica de 1837.
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Modelo despacho remitiendo Cartas de Cardenales para SS.MM.
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Apéndice número 4. Protocolo Consular.
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El Ministro de Estado nombrará una Comisión que en el más breve plazo posible efectúe la revisión de los expedientes y escalafones, en los términos que disponga el Reglamento.