America Página 16
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Si usted tiene que acudir a oficinas estatales, salude educadamente al funcionario antes de hacerle cualquier tipo de pregunta.
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Usted mismo debe valorar el importe apropiado en función de sus propios criterios y valoraciones.
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La modernización de las monarquías imprime un nuevo carácter a sus miembros.
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Las formas de comportamiento son dictadas por el protocolo, el cual, más que el arte de "saber estar", es el lenguaje del poder, según los especialistas de esta disciplina.
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La importancia del regalo debe ser proporcional a la importancia de lo obtenido (favor, ayuda, etc.) siempre apelando a la prudencia y el sentido común.
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La mayoría de diputados siguieron las recomendaciones de vestimenta en la sesión solemne del 1.° de mayo.
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D. S. Nª 537, de Diciembre de 2001 y D. S. Nª 35 de 3 de Marzo de 2006.
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Artículo 87 del Reglamento de Ceremonial Público y Privado de Chile.
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Clasificación y dependencia jerárquica de los Consulados.
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Clasificación y dependencia jerárquica de los Consulados.
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Deberes generales de los Cónsules.
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Cónsules generales. Cónsules.
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Vice-cónsules. Agentes consulares. Cancilleres y aspirantes. Condiciones necesarias para el ejercicio del cargo Consular.
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Deberes de los Cónsules respecto de sus compatriotas.
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Pasaportes . legalizaciones y certificados consulares.
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Informes y relaciones consulares.
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Informes y relaciones consulares. Correspondencia consular.
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Archivos consulares. Uniforme de los Cónsules.
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Decreto de 17 de octubre de 1821 declarando que los extranjeros residentes en el Perú tienen los mismos derechos y las mismas obligaciones que los nacionales.
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Disposiciones del Código de enjuiciamento vigente sobre instrumentos auténticos y comprobación y valor de instrumentos públicos otorgados en país extranjero.
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Disposición del Código Civil sobre testamentos de peruanos otorgados en el extranjero, ante el agente diplomático o a su falta ante el agente consular del Perú.
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Reglamento de tribunales de 20 de mayo de 1854.
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Decreto de 28 de febrero de 1846, prohibiendo la usurpación de jurisdicción por autoridades o súbditos extranjeros en el territorio de la república.
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Resolución suprema fijando el modo de recibir las declaraciones jurídicas de los Cónsules generales, Cónsules y Vice-Cónsules.
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Circular reiterando la de 24 de febrero de 1857, y recordando algunas disposiciones del Código Civil.
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Circular recomendando a las autoridades peruanas el respeto a los derechos de los extranjeros, a fin de evitar las reclamaciones diplomáticas.