
Real Decreto 1511/1977, VII - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Cinta - Regla Número 7. Moharra - Regla Número 8
protocolo.org
Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero
Cinta
Regla Número 7
B.O.E.
1. Descripción
Será de un metro de longitud, de los colores nacionales, y de 60 milímetros de ancha, terminada en un fleco dorado de 50 milímetros de largo. Se colocará en forma de lazo.
2. Uso
En banderas y estandartes de unidades.
3. Confección
Estará confeccionada en tafetán de seda y el fleco será de oro.
Moharra
Regla Número 8
B.O.E.
1. Descripción
Será de hoja de acero mate corniforme y tendrá una longitud total de 150 milímetros; constará de una parte hueca de 50 milímetros de longitud, en la que va embutida el asta, y de otra parte maciza, la cual llevará grabado por ambos lados el emblema del Ejército correspondiente.
Llevará dos gargantas, la superior para las cintas de las corbatas y la otra para la jareta que lleva la vaina de la bandera o estandarte en su extremo superior.
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título I
Parte I | Parte II | Parte III | Parte IV | Parte V | Parte VI |
Parte VII | Parte VIII | Parte IX | Parte X | Parte XI | Parte XII |
Parte XIII | Parte XIV | Parte XV | Parte XVI | Parte XVII |
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título II
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título III
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título IV
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
La Constitución de 1856, llamada 'non nata' porque no llegó a entrar en vigor, fue un proyecto nuevo y progresista, que reafirmaba el principio de la soberanía nacional.
-
Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local. BOE 17-12-2003. Ley de Grandes Ciudades.
-
Ley sobre relaciones Consulares, Convención de Ginebra de 1963. 24 de Abril de 1963.
-
La llegada del liberalismo modificó sustancialmente los supuestos del régimen municipal que hasta aquí se ha descrito a grandes rasgos
-
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. REAL DECRETO 2568/1986, de 28 de noviembre de 1986.
-
REGLAMENTO del Parlamento de Cataluña, aprobado por el Pleno del Parlamento, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2005. Parte III.
-
Jefe del Estado Mayor del Aire - Regla Número 15. Teniente General del Ejército del Aire - Regla Número 16
-
En el protocolo internacional existen diversas formas de tratar con los Símbolos representativos de una Nación o Estado
-
Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar. Adquisición de la condición de militar de carrera
-
La gestión del Padrón municipal se llevará por los Ayuntamientos con medios informáticos
-
LEY 6/2008, de 22 de mayo, del Estatuto de los expresidentes del Parlamento de las Illes Balears.
-
Título IV. Honores fúnebres militares. Capítulo II. Honores fúnebres al Rey, a la Familia Real y a los Infantes de España.