Logo Protocolo y Etiqueta

Real Decreto 1511/1977, V - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

Estandarte para unidades de las Fuerzas Armadas - Regla Número 5

Se lee en 3 minutos.

Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Banderas y Estandartes. Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero

Regla Número 5

Estandarte para unidades de las Fuerzas Armadas

Estandarte para unidades de las Fuerzas Armadas
Estandarte. Estandarte para unidades de las Fuerzas Armadas

Imagen actualizada del escudo conforme al artículo 3 del Real Decreto 2964/1981, de 18 de diciembre, referencia B.O.E. A-1981-29376.

1. Descripción

Será la bandera nacional de forma cuadra, llevando el escudo de España en ambas caras en el centro de la franja gualda.

Apoyado exteriormente a una circunferencia con centro en el escudo, irán: en la parte superior de la misma el nombre del Arma o Cuerpo a que pertenece la enseña cuando corresponda y en la parte inferior de la misma, el nombre y número del Regimiento o unidad, cuando se designe (sin abreviaturas).

Uno de los lados del estandarte se prolongará con un refuerzo de la paquetilla de cuero, forrado exteriormente con la misma tela del estandarte, en forma de tubo de diámetro suficiente para abarcar el asta.

Los otros tres lados llevarán un fleco de color oro.

Llevará a continuación de la moharra y atada al asta, una cinta con los colores nacionales, con lo cual se hará un lazo, terminado por ambos extremos en un fleco dorado.

Podrá ostentar las corbatas ganadas por las unidades respectivas en acciones de guerra, o hechos considerados como tales, así como aquellos honoríficos que a cada una le han sido otorgadas.

Cuando el estandarte haya de llevarse a caballo, se le fijará al asta sobre la anilla que lleva la patilla Inferior del guardamanos, un fiador que se pasará por el antebrazo.

2. Medidas

Lado del estandarte: 560 mm.
Distancia de la vaina al centro del escudo: 280 mm.
Altura del escudo: 120 mm.
Anchura del escudo: 135 mm.
Radio de la circunferencia interior: 130 mm.
Altura de las letras: 50 mm.
Longitud del fleco dorado que rodea el estandarte: 70 mm.

3. Confección

Tafetán de seda y escudo bordado en seda, plata y oro, con las letras en negro.

4. Uso

Aquellas unidades de las Fuerzas Armadas que lo tengan concedido.

5. Escudo

El especificado en la regla 2 del título I.

  • Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título I
Parte I Parte II Parte III Parte IV Parte V Parte VI
Parte VII Parte VIII Parte IX Parte X Parte XI Parte XII
Parte XIII Parte XIV Parte XV Parte XVI Parte XVII  

 

Su opinión es importante.

Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.

Contenido Relacionado