
Uniforme Alistado. G-A y G-B. Blanco.
República Dominicana. Uniforme alistado de la Marina de Guerra. Modelo para mujer, blanco.

RD
Igual a la descripción del M-3A y M-3B, excepto que en lugar de las camisas usarán el sacón o blusón para embarazadas.
Camisa: de tela color blanco, cuello abierto con dos bolsillos, abotonada al frente, placa de identificación.
Falda o Pantalón: igual a la descripción del M-1A y M-1B.
Zapatos: negros.
Medias: largas color natural.
Correa: blanca.
Gorro: blanco.
Distintivo de rango: en la manga izquierda.
Distintivo del departamento: en el cuello.
Nota: la falda se usará en el borde inferior de la rodilla.
Uso: servicio, paseo y asistencia a actos, según sea prescrito en la orden del día.
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
República Dominicana. Uniforme guardiamarinas de la Marina de Guerra. Modelo G, caqui de faena.
-
Insignias y Distintivos. Los distintos rangos en la Marina de Guerra de la República Dominicana.
-
Cuando le presentan a otra persona, bien sea hombre o mujer, le debe saludar dándole la mano
-
El regalo se abre en presencia de quien lo regala, se cometa de forma positiva el detalle y se agradece
-
Los mexicanos valoran de forma muy positiva que usted tengan un buen conocimiento general de su país
-
El uso del escudo en dorado estará reservado en la papelería oficial de los Presidentes de los Tres Órganos del Estado
-
Funciones y atribuciones del puesto de Coordinador o Coordinadora de la Unidad de Relaciones Públicas y Protocolo
-
Aniversario del cuerpo. Entrega de condecoraciones y reconocimientos...
-
El tricolor nacional no ha sido reglamentado en cuanto a las formas o el orden en que debe ser colocado
-
El saludo en estas islas caribeñas es similar al que se realiza en muchos otros países occidentales
-
República Dominicana. Uniforme oficial de la Marina de Guerra. Modelo para hombre. Uniforme para ceremonia fúnebre
-
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires