
Presentación a S. M. la Reina de los Ministros Plenipotenciarios y Residentes.
Las presentaciones ante Su Majestad la Reina de los Ministros Plenipotenciarios y Residentes.
Idéntica a la de los Nuncios o Embajadores.
Encargados de Negocios efectivos.
Los Encargados de Negocios efectivos no son recibidos por S. M.; pero si solicitasen una Audiencia para ofrecer el homenaje de sus respetos a S. M. el Rey, después de haber entregado su Carta de Gabinete al Excmo. Sr. Ministro de Estado, sé les concede una Audiencia, pero siempre Audiencia privada, y son presentados a S. M. por el Introductor de Embajadores.
-
5008
Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Capilla pública del Real Palacio. Se observa el mismo ceremonial que para todas las Capillas públicas del Real Palacio.
-
Informar a las Cortes del fallecimiento del Rey Don Fernando VII por medio de una Carta de Gabinete.
-
Los disintos métodos de elección del nuevo Pontífice.
-
Circular de contestación en francés, para confimar la entrega de las Cartas Credenciales.
-
Aprobación y ratificación de un Tratado o Convenio en virtud de lo expuesto por las partes.
-
Nota verbal de acuse de recibo.
-
Carta modelo en francés para acreditar un cambio de ratificaciones.
-
Estados Unidos de Colombia y República del Ecuador.
-
Recepciones y grandes comidas para agasajar, tanto a los personajes del país, como a los individuos de la Corte, del Gobierno y del Cuerpo Diplomático.
-
Protesta que el Cardenal, Secretario de Estado, dirigió a los Gabinetes extranjeros, el 11 de Setiembre de 1882, con motivo de un pleito entablado contra Monseñor Mayordomo de Su Santidad.
-
Modelo de protocolo del Congreso de Berlín del año 1878.
-
La Exelusiva es el veto que opone a la elección de un Cardenal para la Silla apostólica.