Plenipotencia a favor del Sr. Conté, Ministro de S.M. Firma del contrato matrimonial de S.M. la Archiduquesa de Austria.
S.M. el Rey concede plenos poderes a Don Augusto Conté para que, en su nombre, firme el contrato matrimonial con la Archiduquesa de Austría Doña María Cristina.

Plenipotencia favor del Sr. Conté, Ministro de S.M. en Viena, para firmar el contrato matrimonial de S.M.
Ver plenipotencia original en formato pdf.
Texto de la plenipotencia.
DON ALFONSO XII
POR LA GRACIA DE DIOS,
REY CONSTITUCIONAL DE ESPAÑA
etc., etc., etc.Por cuanto a la celebración de Mi matrimonio con Su Alteza Imperial y Real la Archiduquesa de Austria Doña María Cristina ha de preceder el arreglo del contrato matrimonial, y siendo preciso que designe Yo una persona en quien concurran las circunstancias necesarias al efecto:
Por tanto, He venido en elegiros y nombraros a Vos, Don Augusto Conté (todos los títulos) , como por la presente os elijo y nombro, para que, revestido del carácter de Mi Plenipotenciario, contratéis, ajustéis y firméis, con el Plenipotenciario que a este mismo fin designe Su Majestad Imperial y Real Apostólica, el referido contrato matrimonial.
Y todo lo que ejecutaseis en cumplimiento de este encargo, lo doy desde ahora por grato y rato, lo observaré y cumpliré y lo haré observar y cumplir como si por Mí mismo lo hubiese ejecutado.
Para lo cual os doy todo Mi pleno poder en la más amplia forma que de derecho se requiere.
Y en fe de ello He hecho expedir la presente, firmada de Mi mano, debidamente sellada y refrendada por el infrascrito Mi Ministro de Estado.
Dada en el Palacio de Madrid a 10 de Noviembre de 1879.
(Firmado). ALFONSO.
(Refrendado.) CARLOS O'DONNELL.
(L.S.)
-
8449

Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Reforma al Tratado IV de las Ordenanzas generales de 1793.
-
Agentes diplomáticos de segunda clase: Enviados ordinarios y extraordinarios, Ministros Plenipotenciarios, Internuncios. Agentes diplomáticos de tercera clase. Ministros residentes. Origen histórico. Naturaleza de sus credenciales...
-
Decreto que otorga una condecoración al hijo que de a luz S.M. la Reina.
-
Modelo de formulario de notas en italiano.
-
Modelo de registro de entrada y salida de la correspondencia con Negocios Extranjeros.
-
Poner en conocimiento de S.M. una determinada noticia.
-
Reforma al Tratado IV de las Ordenanzas generales de 1793.
-
Disposiciones que se rilan en el Real decreto de 26 de Agosto de 1872 y que deben tenerse presentes para la tramitación de los expedientes de dispensa.
-
Reforma al Tratado IV de las Ordenanzas generales de 1793.
-
Formalidades con que se procede a tomar posesión de un nuevo territorio, adquirido o reivindicado.
-
Cancillería. Es una nota diplomática que se emplea cuando se suscita una discusión de Derecho público o político entre dos naciones
-
Para negociar y firmar cualquier Tratado, Convenio o Declaración, es indispensable que el Representante de cada nación contratante, esté provisto de su correspondiente Plenipotencia.
