
Junta para tratar los asuntos de la Orden del Toisón de Oro.
Estos tres funcionarios, que forman parte de la Junta, usan para las ceremonias una medalla de oro esmaltado de blanco y rojo.
Junta para tratar los asuntos de la Orden del Toisón de Oro.
- El Grefier.
- El Canciller.
- El oficial del Toisón.
Estos tres funcionarios usan para las ceremonias una medalla de oro esmaltado de blanco y rojo, que por un lado tiene el vellocino de oro y por el otro la divisa de la Orden "ante ferit quam flamma micet", y la llevan pendiente de una cinta roja.
Nota. ante ferit quam flamma micet = hiere antes de que surja la llama = It strikes before the flame sparkles
-
7451
Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Carta, en francés, dando las gracias por una condecoración.
-
Nota, en francés, solicitando la búsqueda de un menor.
-
Objeto de las Cámaras de Comercio.
-
Reglamento. Registro de nacionalidad de los españoles domiciliados y transeúntes en el extranjero, conforme a la nueva Ley de Registro Civil.
-
Cancillería. Declaración que hace una Corte de que la alteración de un arreglo se hace sin perjudicar las reglas generales del mismo
-
Reglamento de tribunales de 20 de mayo de 1854.
-
Expedición del Regio Exequátur en la forma acostumbrada, bajo la condición impuesta igualmente a todos los Cónsules de las demás naciones en los dominios de España en Ultramar.
-
Cuadro demostrativo de las gratificaciones anuales que, con arreglo a lo prevenido en el articulo 18 de las Instrucciones aprobadas por Real orden de esta fecha.
-
Nombramiento de Comendador de número extraordinario.
-
Hijosdalgos. Propuesta para el cargo de Diputado.
-
Informes y relaciones consulares. Correspondencia consular.
-
Ley de Enjuiciamiento civil de 3 de Febrero de 1881. Sentencias pronunciadas en países extranjeros.