El Cardenal Protector.
Vulgarmente se cree que el Cardenal Protector es el que representa a un pais en el Cónclave y hace uso de la exclusiva que el Gobierno de aquel le ha confiado.

DEL CARDENAL PROTECTOR.
Vulgarmente se cree que el Cardenal Protector es el que representa a un pais en el Cónclave y hace uso de la exclusiva que el Gobierno de aquel le ha confiado; pero no son estas solamente las funciones del Cardenal Protector, sino que, nombrado durante un Pontificado, ayuda al Embajador cerca de la Santa Sede en su difícil y delicada Misión, suavizando ciertas asperezas, encarrilando las negociaciones; siendo la unión de la potestad civil del Representante diplomático con la espiritual del Vaticano.
El Cardenal Protector se nombra por Real Decreto, con las reservas necesarias y sin la menor publicidad.
De todas las Potencias católicas, solo España era la única que había descuidado, sin duda por su larga interrupción de relaciones oficiales con la Santa Sede, el adquirir las simpatías de un Príncipe de la Iglesia, hasta que en 1876 el Excmo. Sr. D. Francisco de Cárdenas, tan versado en las negociaciones pontificias como en la historia del Vaticano, consiguió que un eminente Prelado admitiese tan honroso encargo, que desempeñó por largo tiempo.
El Cardenal Protector, en el Cónclave, defiende los intereses del pais que lo ha elegido como tal Protector, y ejerce, en nombre de su Monarca, el derecho de exclusiva.
-
10903

Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Formulario abreviado de Cartas Reales.
-
Etiqueta que la Corte de Austria observa con el Cuerpo Diplomático. Ceremonial de Austria.
-
Forma de las Negociaciones. Inmediatas y mediatas. Verbales y por escrito. Estilo diplomático. Memorándum. Contra-Memorándum. Manifiestos. Ultimátum. Notas. Cartas. Despachos...
-
Una vez que las Reales ordenes están firmadas, pasan al Registro, donde se les pone el número de orden correspondiente, y se aplica a las minutas el sello de salida.
-
Ceremonial de la Corte Imperial de Francia durante el reinado de Napoleón III.
-
Notas del Ministerio de Estado. Nota en español.
-
Disposiciones generales.
-
Una ligera explicación de ciertos usos y costumbres de la Corte española.
-
Cuadro demostrativo de las gratificaciones anuales que, con arreglo a lo prevenido en el articulo 18 de las Instrucciones aprobadas por Real orden de esta fecha.
-
Etiqueta de la Corte Imperial Rusa en el ámbito diplomático.
-
Derecho mercantil y marítimo en toda su extensión y Código de Comercio
-
Es sumamente difícil establecer principios teóricos sobre la diplomacia, que deben suplirse con la experiencia adquirida en la práctica que cada cual haya tenido.
