Correspondencia. Categorías Consulares.
Correspondencia de las categorías Consulares con las Civiles, las del Ejército y las de la Armada.

Correspondencia de las categorías Consulares con las Civiles, las del Ejército y las de la Armada.
Ver documento original de la correspondecia de las categorías en formato pdf.
Texto de las correspondencias.
Categoría Consular:
- Cónsul General.
- Cónsul de primera clase.
- Cónsul de segunda clase.
- Vicecónsul.
Categoría Civil:
- Jefe de Administración.
- Jefe de Administración.
- Jefe de Negociado.
- Oficial de Administración.
Categoría Militar:
- Brigadier.
- Coronel.
- Teniente Coronel.
- Capitán.
Categoría de la Armada:
- Capitán de Navío de Primera.
- Capitán de Navío.
- Capitán de Fragata.
- Teniente de Navío.
Documentos Relacionados
-
11113

Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Fiestas religiosas en la Iglesia Nacional y misa de San Fernando en la basílica Liberiana.
-
Publicación de un Tratado y Ley que autoriza su ratificación.
-
Comunicado a los Representantes de España en el extranjero el fallecimiento de S.M. el Rey, mediante telegrama cifrado.
-
Estados Unidos de Colombia y República del Ecuador.
-
Los honores de Capitán General con mando, son los supremos que se conceden en España.
-
No es embajada solamente la Misión regida por un Embajador, sino toda la que se envía al extranjero.
-
Comunicación del Jefe superior de Palacio, en la que se determinaba que, en las recepciones que se celebrasen en el Salón del Trono, se debían observar las Reales órdenes de 27 de Noviembre de 1861 y 11 de Abril de 1862.
-
Instrucciones que deben observar los Cónsules de Su Majestad para cubrir las atenciones extraordinarias del servicio y formalizar las cuentas.
-
En el momento en que un Jefe de Misión llega al punto de su destino, tiene precisión de atender desde luego a las formalidades de la etiqueta de aquel pais.
-
No se puede probar, a pesar de lo que hemos dicho, que con arreglo al derecho de gentes, el Ministro público esté exento de toda jurisdicción civil en el Estado en que reside.
-
Necesidad de adoptar algunas disposiciones relativas al orden judicial de los Consulados de España en países extranjeros.
-
Etiqueta de la Corte Imperial Rusa en el ámbito diplomático.