Cesantías, jubilaciones y derechos pasivos de los empleados consulares.
Capítulo séptimo, del Reglamento de la Carrera Consular. De las cesantías, jubilaciones y derechos pasivos de los empleados consulares.

Reglamento de la Carrera Consular.
Capítulo VII.
De las cesantías, jubilaciones y derechos pasivos de los empleados consulares.
Artículo 60.
El Gobierno podrá jubilar, con arreglo a las leyes comunes, a los empleados consulares cuando se hallen completamente inútiles o hayan cumplido la edad de sesenta y cinco años.
Los que hayan cumplido sesenta años o justifiquen su incapacidad física, podrán ser jubilados a su instancia.
Artículo 61.
Se considerará como tiempo de servicios el que los empleados consulares empleen en su traslación de un destino a otro, o al cesar definitivamente en sus cargos, siempre que no exceda del marcado en la tabla a que se refiere el artículo 43.
Artículo 62.
Los empleados consulares que sirvan en América, Asia, África y Oceanía, tendrán derecho, con arreglo al artículo 5.° de las disposiciones generales de la Ley, a que se les abone para su jubilación una tercera parte más del tiempo que hubieren servido en aquellos países, descontadas las comisiones y licencias.
- Capítulo I. Los empleados consulares en general.
- Capítulo II. Funciones de los empleados consulares.
- Capítulo III. Ingreso de los empleados en la Carrera Consular.
- Capítulo IV. Toma de posesión de los destinos y de los viáticos.
- Capítulo V. Las licencias de los empleados consulares.
- Capítulo VI. Correcciones disciplinarias y procedimientos gubernativos y judiciales.
- Capítulo VII. Cesantías, jubilaciones y derechos pasivos de los empleados consulares.
- Capítulo VIII. Escalafones de la Carrera Consular.
- Capítulo IX. Honores, uniformes y condecoraciones de los empleados de la Carrera Consular.
-
7337

Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Formulario abreviado de Cartas Reales.
-
Ceremonia de la Presentación, refiriéndonos a la que tuvo lugar cuando el nacimiento de S.A.R. la Serenísima Señora Princesa de Asturias Doña María de las Mercedes.
-
Estas relaciones internacionales son lo que se llama Diplomacia, que, según Hellmuth Winter, es el arte de dirigir y seguir las negociaciones pendientes y entablar las necesarias entre dos o más Estados
-
Modelo. Declaración de testigos.
-
Formulario abreviado de Cartas Reales.
-
Decreto para lograr mejorar la incorporación de aspirantes a la carrera diplomática, y cubrir los puestos necesarios para las distintas embajadas y consulados.
-
Estados Unidos de Colombia y República del Ecuador.
-
Dirección General del Tesoro Público. Ordenación general de pagos al Estado.
-
Tratamientos utilizados en los documentos que se ponen a la firma, en la cabecera y en el pie.
-
Expedición del Regio Exequátur en la forma acostumbrada, bajo la condición impuesta igualmente a todos los Cónsules de las demás naciones en los dominios de España en Ultramar.
-
Agradecimiento por la concesión del Collar de la Real Orden de .....
-
Invitación como una de las personas designadas en el Real Decreto de 15 de Octubre a la ceremonia de presentación del Príncipe o Infanta que de a luz S.M. la Reina.
