Reforma de la Instrucción sobre Insignias, Banderas, Honores y Saludos. V.
Reforma al Tratado IV de las Ordenanzas generales de 1793.

HONORES Y SALUDOS.
HONORES A LA FAMILIA REAL.
Artículo 51. Rey, Reina, Principe o Princesa.
Embarcándose, al entrar a bordo se arbolará el Estandarte Real al palo mayor (Artículo 15). La gente, cubriendo las vergas, en pié y sombrero en mano saludará con siete voces de ¡Viva el Rey!
El buque hará tres saludos de 21 cañonazos, interpolando con éstos la plaza los que le corresponda. Al desembarco, o si Sus Majestades o Altezas pasan a otro buque, se hacen los mismos honores.
El buque que arbola el Estandarte Real no devuelve el saludo.
Artículo 52. Infantes.
Los mismos honores se harán a los Infantes de España, a excepción del saludo del cañón que será solo uno a la entrada y salida.
Artículo 53. Estandarte Real.
Al arbolarse para campaña el Estandarte Real, todos los que se hallaren en el puerto, incluso en el que se enarbola, arriarán sus insignias. La gente, sobre las vergas, darán siete voces de ¡Viva el Rey! Se izarán las insignias saludando con 21 cañonazos o toda la artillería, siendo menor número. Lo mismo se hará al arriarse el Estandarte Real, concluida la campaña.
Artículo 54.
Cuando SS.MM. llegan al puerto y se hallen en él buques de la Armada o Comandante o Jefe superior, hará los mismos saludos que la plaza, empezando al segundo tiro de esta, para lo cual se pondrán de acuerdo con antelación las autoridades de mar y tierra sobre las horas en que han de efectuarse dichos saludos.
Artículo 55. Al paso del Estandarte Real.
Al paso del buque que arbole el Estandarte Real por las cercanías de otro, y al paso de cualquiera por su costado o popa, se le saludará con las siete voces de ¡Viva el Rey! y 21 cañonazos; haciendo con las insignias demostraciones de rendimiento.
Artículo 56.
Yendo el Estandarte Real en falúa, todos los buques lo saludarán a su paso, con las siete voces de ¡Viva el Rey! pero para el saludo al cañón expresado, deberá esperarse a que se arbole en algún buque.
HONORES A LOS MINISTROS.
Artículo 57. Embarco y desembarco de Ministros.
Embarcándose alguno de los Ministros de la Corona, ya para expedición o para visitar algún buque de la Armada, se arbolará la insignia de que tratan los artículos 34 y 40. A la salida, la gente cubrirá las vergas, y en pié, sombrero en mano, saludará cou cinco voces de ¡Viva el Rey!
El buque hará seguidamente un saludo de 15 cañonazos.
- Reforma de la Instrucción sobre Insignias, Banderas, Honores y Saludos. I.
- Reforma de la Instrucción sobre Insignias, Banderas, Honores y Saludos. II.
- Reforma de la Instrucción sobre Insignias, Banderas, Honores y Saludos. III.
- Reforma de la Instrucción sobre Insignias, Banderas, Honores y Saludos. IV.
- Reforma de la Instrucción sobre Insignias, Banderas, Honores y Saludos. V.
- Reforma de la Instrucción sobre Insignias, Banderas, Honores y Saludos. VI.
- Reforma de la Instrucción sobre Insignias, Banderas, Honores y Saludos. VII.
- Reforma de la Instrucción sobre Insignias, Banderas, Honores y Saludos. VIII.
- Reforma de la Instrucción sobre Insignias, Banderas, Honores y Saludos. IX.
- Reforma de la Instrucción sobre Insignias, Banderas, Honores y Saludos. X.
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Nota, otra petición, en francés, de Exequátur para un Cónsul.
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No se puede probar, a pesar de lo que hemos dicho, que con arreglo al derecho de gentes, el Ministro público esté exento de toda jurisdicción civil en el Estado en que reside.
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El Enviado diplomático y su séquito deben satisfacer los impiestos de Aduanas y los municipales de Consumos.
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Bautizo de S.M. el Rey Don Alfonso XIII, el 22 de mayo de 1886.
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Decoración general y distribución de los asientos en la Iglesia de la Magdalena.

