
Ceremonial. Matrimonio del Príncipe heredero de Portugal.
Ceremonial decretado para la recepción solemne de las Embajadas extraordinarias en el Real Palacio de Ajuda.
EMBAJADAS EXTRAORDINARIAS.
MATRIMONIO DEL PRÍNCIPE HEREDERO DE PORTUGAL. 1886.
Ceremonial decretado para la recepción solemne de las Embajadas extraordinarias en el Real Palacio de Ajuda, el 21 de Mayo de 1886.
1.° La audiencia pública de la Embajada extraordinaria de España tendrá lugar en el Palacio de Ajuda, el 21 de Mayo.
2.° Ejercerá las funciones de Introductor de Embajadores uno de los Condes del Reino, que se designará oportunamente para desempeñarlas.
3.º El día indicado, el Duque, Caballerizo Mayor, enviará al Conde que debe hacer las veces de Introductor, un coche de la Real Casa, con un Caballerizo, y dos coches más para la Embajada, que se enviarán al palacio donde haya establecido su residencia.
4.° El Ministro de la Guerra expedirá las órdenes oportunas para que vaya a la Embajada y acompañe al cortejo del Embajador un escuadrón de Lanceros, y que al Palacio Real vaya también un regimiento de Infantería para hacer los honores correspondientes.
5.° A la hora designada, el Conde, Introductor de Embajadores, se dirigirá en el coche de la Real Casa al palacio de la Embajada.
6.° Al llegar a la Embajada, el Introductor se hará anunciar al Embajador por medio del Caballerizo.
7.º El orden de los carruajes que formen el cortejo del Embajador será el siguiente:
1.º Coche con el personal subalterno de la Embajada.
2.° Coche del Introductor.
3.º Coche de Estado.
4.º Coche de la Real Casa con los individuos de la Embajada extraordinaria.
5.° Coche de la Real Casa con el Embajador y el Introductor de Embajadores, y al estribo el Caballerizo.
8.º Cerrará la comitiva el escuadrón de Lanceros.
9.° La Embajada será recibida en la escalera de Palacio, por el Comandante de la Guardia Real y por el Maestresala de Palacio.
10.º La Embajada será conducida a una sala de espera, donde será recibida por el Ministro de Negocios Extranjeros.
Entre tanto, se reunirán en la Sala del Trono, las personas que forman la Corte de S.M. el Rey.
11.º En cuanto S.M. entre en la sala del Trono, se tomarán sus órdenes para recibir a la Embajada, ocupando todas las personas de la Corte sus respectivos puestos.
12.º El personal de la Embajada entrará en la Sala del Trono, acompañado por el Ministro de Negocios Extranjeros, y de tres Introductores, y harán las reverencias acostumbradas al llegar al pie del Trono.
El Ministro de Negocios Extranjeros y los tres Introductores se colocarán en el Trono, al lado de S.M.
13.º El Embajador, subiendo a la primera grada del Trono, pronunciará su discurso, entregando las Credenciales a Su Majestad, que a su vez las pasará a manos del Ministro de Negocios Extranjeros.
14.º Después que S.M. haya contestado al discurso del Embajador, éste presenta el personal de la Embajada, expresando en seguida su deseo de ofrecer sus respetos a S.M. la Reina.
S.M. el Rey acompañará a la Embajada hasta las habitaciones de S.M. la Reina, y después del cambio de cortesías, y de la presentación del séquito de la Embajada, se retira esta, acompañada hasta los carruajes, por el Comandante de la Guardia Real, por el Maestresala y por el Conde Introductor, que toma asiento en el coche del Embajador.
15.º La Embajada vuelve a su domicilio con el mismo ceremonial que se observó para ir al Palacio Real.
16.º Los Oficiales Mayores, y las personas a quienes corresponda, darán las órdenes necesarias para observar lo dispuesto en este ceremonial.
17.º El Comisario General de Policía, tomará las medidas que juzgue oportunas para mantener el orden en los alrededores del Palacio da Ajuda.
Palacio da Ajuda el 19 de Mayo de 1886.
Firmado, HENRIQUE DE BARROS GOMES.
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