
Real Decreto 1511/1977, Título III - XV - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Tipos y usos de las insignias - Regla Número 1
protocolo.org
Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero
CAPÍTULO VI
Regla Número 1
Tipos y usos de las insignias
1. Tipos y medidas.
Para las insignias de forma de bandera cuadra, corneta, gallardetón, grimpolón, se adoptarán las medidas siguientes:
B.O.E.
Si tienen forma de gallardete serán las que figuran a continuación:
B.O.E.
2. Usos
2.1. En buques, vehículos militares y aviones cuando corresponda, y en aquellos establecimientos que se determinen.
2.2. Estas insignias podrán utilizarse como distintivos en los vehículos oficiales con el tamaño de éstos, en actos oficiales dentro de su jurisdicción.
2.3. Los buques y embarcaciones menores usarán las insignias de los tamaños que se señalan a continuación, y con clasificación dependiente del desplazamiento y de las denominaciones del día.
B.O.E.
2.4. En edificaciones se usarán las siguientes medidas:
B.O.E.
3. Confección
De tejido fuerte de lanilla o fibras artificiales. Los tintes de los colores serán inalterables, en los dibujos o estampados de los escudos, emblemas, estrellas o roeles, por ambas caras, También pueden ser confeccionados con sobrepuestos. En aeronaves y vehículos, los del número 4 podrán ser metálicos.
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título I
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título II
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título III
Parte I | Parte II | Parte III | Parte IV | Parte V | Parte VI |
Parte VII | Parte VIII | Parte IX | Parte X | Parte XI | Parte XII |
Parte XIII | Parte XIV | Parte XV |
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Alegaciones generales de IV al nuevo Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Orihuela.
-
Reglamento de Protocolo de la ciudad de Melilla. BOME 4312. 14 de Julio de 2006.
-
La Constitución de 1856, llamada 'non nata' porque no llegó a entrar en vigor, fue un proyecto nuevo y progresista, que reafirmaba el principio de la soberanía nacional
-
Alegaciones generales de IV al nuevo Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Orihuela.
-
La Ley apuesta decididamente por la armonización de los sistemas educativos superiores en el marco del espacio europeo de educación superior y asume la necesidad de una profunda reforma en la estructura y organización de las enseñanzas...
-
La promoción y difusión internacional de la cultura española y de la imagen de España constituye uno de los objetivos del Ministerio de Cultura.
-
Ley sobre relaciones Consulares, Convención de Ginebra de 1963. 24 de Abril de 1963.
-
Para la defensa de los derechos de los vecinos ante la Administración municipal, el Pleno creará una Comisión especial de Sugerencias y Reclamaciones
-
El reconocimiento de los excepcionales méritos y de los relevantes servicios prestados mediante la concesión de condecoraciones, honores y distinciones a las personas e instituciones acreedoras de los mismos.
-
El reconocimiento público y solemne de las acciones meritorias de las personas, de los comportamientos o actuaciones más directamente unidos a los principios generales que rigen nuestra Constitución y a la ética que une a todos los hombres, es un
-
Real Decreto 1511/1977, III - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Bandera nacional con escudo de España - Regla Número 3 -
Se potenciará la participación de los Cuerpos de policía local en el mantenimiento de la seguridad ciudadana, como policía de proximidad