
Real Decreto 1511/1977, Título III - IV - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Teniente General del Ejército - Regla Número 3. General de División del Ejército - Regla Número 4
protocolo.org
Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero
Regla Número 3
Teniente General del Ejército
B.O.E.
1. Descripción
Será una bandera cuadra, de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda tres estrellas de cuatro puntas, en color azul y en el centro de la franja roja superior, el emblema del Ejército de Tierra, en sus esmaltes.
2. Tipos y usos
Los indicados en la regla número 1 del capítulo VI de este título.
Regla Número 4
General de División del Ejército
1. Descripción
Será una bandera cuadra, de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda dos estrellas de cuatro puntas en color azul, y en el centro de la franja roja superior, el emblema del Ejército de Tierra, en sus esmaltes.
2. Tipos y usos
Los indicados en la regla número 1 del capítulo VI de este título.
B.O.E.
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título I
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título II
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título III
Parte I | Parte II | Parte III | Parte IV | Parte V | Parte VI |
Parte VII | Parte VIII | Parte IX | Parte X | Parte XI | Parte XII |
Parte XIII | Parte XIV | Parte XV |
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
El profesorado funcionario se regirá por las bases establecidas en esta Ley y en su desarrollo, por las disposiciones que, en virtud de sus competencias, dicten las Comunidades Autónomas...
-
Las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura divulgan y perpetúan los hechos o motivos más representativos de su historia local a través de la simbología de sus escudos, banderas y otros símbolos.
-
LA NACION ESPAÑOLA y en su nombre las Cortes Constituyentes, elegidas por sufragio universal, deseando afianzar la justicia, la libertad y la seguridad, y proveer al bien de cuantos vivan en España.
-
No podrá ser allanada la casa de ningún español, sino en los casos que determine la ley para el buen orden y seguridad del Estado
-
Capitanes Generales de los Ejércitos de Tierra, Mar o Aire - Regla Número 1
-
La Dirección General de la Guardia Civil, cuyo titular tendrá rango de Subsecretario. Ejercerá las funciones hasta ahora desempeñadas por la Dirección General de la Policía...
-
LEY ORGÁNICA 1/2006, de 10 de abril, de Reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. Parte II.
-
Contralmirante - Regla Número 5. Capitán de Navío con mando en División, Escuadrilla, Flotilla o Agrupación Operativa - Regla Número 6
-
Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas.
-
El Instituto de España es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica...
-
La Junta de Gobierno Local podrá delegar en los Tenientes de Alcalde, en los demás miembros de la Junta de Gobierno Local...
-
Boletín Oficial de Extremadura DOE, Nº 94, 16/05/2008, Presidencia de la Junta. Ordenación de Autoridades, Instituciones, Organismos y Corporaciones. Ordenación de los miembros del Consejo de Gobierno.