Real Decreto 1511/1977, Título III - II
Jefe del Estado Mayor de la Defensa - Regla número 2

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Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero
Regla Número 2
Jefe del Estado Mayor de la Defensa
La Jefatura del Estado Mayor de la Defensa se crea por el artículo 11 bis de la Ley Orgánica 6/1980, de 1 de julio, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/1984, de 5 de enero. Referencia B.O.E. A-1984-415, en sustitución del antiguo Presidente de la Junta de Jefes de Estado Mayor, que había sustituido a su vez en 1977 al Jefe del Alto Estado Mayor.
1. Descripción
Será una bandera cuadra, de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda el emblema del organismo, en sus esmaltes, sin la estrella de cinco puntas en su centro, y en el centro de la banda roja inferior, una estrella de cinco puntas en azul.
2. Tipos y usos
Los indicados en la regla número 1 del capítulo VI del título III.
Si bien el texto de esta regla no se ha modificado expresamente, la imagen que se reproduce de esta insignia corresponde a la versión actual de uso reglamentario en las Fuerzas Armadas, conforme a lo establecido en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar y en la normativa sobre divisas de los empleos militares de General de Ejército, Almirante General y General del Aire, establecidas por la Orden Ministerial 136/1999, de 20 de mayo, del Ministerio de Defensa.

B.O.E. Imágen Generada por IA
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título I
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título II
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título III
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