Cruces a Soberanos.
La Carta Real de notificación, junto con su insignia, sirve como título para estas condecoraciones.

Las Cruces para los Soberanos.
A los Soberanos y a los Presidentes de Repúblicas que Su Majestad nombra Grandes Cruces de las Órdenes españolas, no se les envía ni Credencial ni Título.
Después de firmado el Decreto, se envía con la Carta Real de notificación (que sirve de credencial) la insignia correspondiente, y esto basta como título.
A los Príncipes menores de veintiún años no se les escribe carta, dirigiéndola en su lugar a su padre o a su tutor.
Mensualmente se da cuenta en la Gaceta de las concesiones de Cruces, en la forma siguiente:
Ministerio de Estado.
Subsecretaría.
El Rey (q. D. g.) ha tenido a bien conceder, por Decretos de 16, 20 y 27 de Octubre, las condecoraciones que se expresan a los individuos siguientes:
Real y Distinguida Orden de Carlos III.
Encomiendas de número.
Don Elíseo de Olalde, Encomienda núm. 281, libre de gastos, con arreglo a la Ley de Presupuestos de 1859.
Caballeros.
Don José García Barrero, libre de gastos.
Don Agustín Puig.
Don León Cambón y Holgado.
Don Ramón Martín Ferrera.
Don Enrique Martín Ferrera.
Real Orden de Isabel la Católica.
Grandes Cruces.
Excmo. Sr. D. Francisco Rossell y Malpica.
Excmo. Sr. D. Luis del Castillo y Trigueros, libre de gastos.
Excmo. Sr. D.
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Carta Credencial a favor del Duque de Osuna, para asistir como Embajador Extraordinario cerca del Emperador de Alemania, con motivo de la boda del Principe Guillermo. (En forma de Carta de Gabinete).
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Modelo de certificado de existencia expedido en un Consulado.
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Acta de recepción, en francés, como Caballero de la Orden del Toisón de Oro.
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Solicitud de audiencia al Ministro de Negocios extranjeros para tratar un asunto urgente.
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Su Santidad contesta al discurso del Embajador con una culta alocución, y al terminar, Monseñor Prefecto de las Ceremonias, pronuncia en voz alta el "Extra Omnes".
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Recomendación de un extranjero de distinción, mediante carta dirigida a los Administradores de las Aduanas de España.
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Aceptación de la dimisión del Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, y nombramiento de uno nuevo.
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Dio el despacho a S. A. con cartas de otros Cardenales, bajando de la Capilla de S. M. de oir Misa.
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Reglamento para la contabilidad de los Consulados cuyos productos obvencionales ingresan en el tesoro.
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El Presidente del Consejo de Ministros da por terminada, la ceremonia, y el Ministro de Gracia y Justicia forma el acta, haciendo relación de todo lo ocurrido.
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Objeto de las misiones diplomáticas permanentes. Fundamento legal del derecho de Legación o de Embajada. En principio solo pueden ejercerlo las asociaciones políticas Sui juris. Restricciones generalmente admitidas respecto de los Estados Semi-Soberanos.
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Reglamento de la Carrera de Intérpretes. Capítulo VIII.