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Cambio de protocolo. Una nueva normativa municipal para el Ayuntamiento de Málaga

La junta de gobierno local ha aprobado, pendiente del pleno, los reglamentos de protocolo y ceremonial y de honores y distinciones del Ayuntamiento de Málaga

La Opinión de Málaga
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Escudo de la ciudad de Málaga
Normativa Municipal Malaga. Escudo de la ciudad de Málaga

Nuevo reglamento de protocolo y ceremonial del Ayuntamiento de Málaga

Incorpora la descripción del nuevo escudo de Málaga.

La junta de gobierno local ha aprobado, pendiente del pleno, los reglamentos de protocolo y ceremonial y de honores y distinciones del Ayuntamiento, que eliminan el de 1972. Sólo podrán concederse dos medallas de la ciudad al año.

Un alcalde de Málaga hubo que el último día de su mandato concedió ocho medallas de oro de la ciudad. Gestos como éste no podrán repetirse en los nuevos reglamentos de protocolo y ceremonial y el de honores y distinciones del Ayuntamiento de Málaga, que se presentarán en el pleno de mayo para la ratificación, tras la aprobación de la junta de gobierno local y el visto bueno de la asesoría jurídica.

El aún vigente, aprobado en 1972, era sólo de distinciones honoríficas y, hasta que se introdujo un pequeño añadido en 1995, contenía disposiciones tan exóticas como una medalla de brillantes de la ciudad, que sólo podía entregarse al Jefe del Estado. Además, hasta 1995 designaba tres categorías más: medallas de oro, plata y bronce de la ciudad. Para evitar agravios comparativos a partir de entonces sólo permaneció la de oro aunque con un ligero matiz 'material': las medallas ya no son de oro macizo sino bañadas en oro.

La nueva normativa incorpora muchas novedades como la descripción del reformado escudo de Málaga, más acorde con la historia, con el campo rojo-gules que le otorgaron los Reyes Católicos y no el fondo azul, como hasta hace poco años.

Un dato curioso es la incorporación del tratamiento de 'ilustres' a los concejales. Este tratamiento proviene del título de 'muy ilustre' concedido a Málaga en 1710 por Felipe V, por los servicios prestados durante la Guerra de Secesión.

Dos al año. El límite de dos medallas de oro de la ciudad al año se establece, asegura el artículo 3º.2 del reglamento de honores y distinciones, "para mantener el carácter singular que debe caracterizar la máxima distinción de la ciudad". La concesión de la medalla de la ciudad llevará implícito además el nombramiento de hijo adoptivo o hijo predilecto de Málaga.

Podrán concederse más medallas sólo en "circunstancias excepcionales". No entran en esta disposición las medallas de la ciudad a las Vírgenes malagueñas por una leve distinción: a las titulares de las cofradías no se les 'concede', sino que se les 'ofrece' las medallas.

El reglamento de protocolo y ceremonial estipula también los atributos del alcalde de la ciudad:

- collar dorado con el escudo de Málaga,

- medalla de oro con el escudo de Málaga, con cordón dorado,

- bastón con empuñadura y borlas doradas con el escudo de la ciudad,

- fajín de seda verde con el escudo de Málaga e

- insignia de solapa dorada con el escudo municipal.

Dice el reglamento que el alcalde "utilizará collar y bastón de mando el día de su toma de posesión y en aquellos actos que por su solemnidad así lo requieran".

También se reserva un espacio muy importante a la disposición de los símbolos de la ciudad y de las autoridades en los actos oficiales de carácter municipal. Como afirma la introducción a estos dos reglamentos, "el protocolo es una escuela de civismo". Según la introducción, la nueva normativa pretende realzar esta faceta de la vida municipal porque "cuántos actos se organizan sin visión histórica y no reflejan la dignidad y grandeza que merecían".

Si al final se aprueban los reglamentos en el pleno de mayo, vendrá ahora lo más importante: llevarlos a la práctica.

 

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