
Real Orden de 11 de Abril de 1862.
Consideración las preeminencias y prerrogativas que gozan los Cardenales de la Santa Iglesia Romana.
Eminentísimo y Reverendísimo Señor:
He tenido la honra de dar cuenta a la Reina Nuestra Señora (que Dios guarde) de la reverente manifestación que Vuestra Eminencia (V. Emª) eleva a su Real Persona en 29 de Marzo próximo pasado, en la que, exponiendo a su Augusta consideración las preeminencias y prerrogativas que gozan los Cardenales de la Santa Iglesia Romana, le ruega se sirva resolver definitivamente con respecto al lugar donde los expresados Príncipes de la Iglesia deban besar la Real Mano en estos actos de etiqueta, toda vez que no cree V. Emª. conveniente a los que se hallan investidos con la Sagrada púrpura el que se les designó últimamente en Real orden de 27 de Noviembre del año anterior; y enterada S. M. y convencida de las ilustradas razones aducidas por Vuestra Eminencia, se ha servido mandar que los Reverendos Cardenales del Sacro Colegio pasen directamente, cuando concurran a los actos de besamanos que tienen lugar en Palacio, a la Real Cámara de S. M., conforme lo verificaban antes de la referida Real orden.
De la de S. M. lo comunico a V. Emª. para su conocimiento y efectos consiguientes.
Dios guarde a V. Emª. muchos años.
Palacio 11 de Abril de 1862.
El Jefe Superior de Palacio,
El Duque de Bailen.
Eminentísimo y Reverendísimo Cardenal Primado de España.
-
4994
Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Ceremonias que deben tener lugar con motivo del próximo alumbramiento de Mi muy cara y amada Esposa, cuando el Todopoderoso permita que se realice tan fausto suceso.
-
El arte de recibir a altas autoridades en municipios pequeños, Consejos y claves del protocolo diplomático
-
Juicio bastante aproximado, de las relaciones que existen entre la Santa Sede y los Gobiernos.
-
Comunicación de la pérdida irreparable del Soberano y advenimiento del sucesor.
-
La insigne Orden del Toisón de Oro fue creada en Brujas, el 10 de Enero de 1429.
-
Capítulo tercero del Reglamento de la Carrera Consular. Del ingreso de los empleados en la Carrera Consular.
-
Modelo. Exclusiva de la Corte de España.
-
Acuse de recibo para dirigirse a las Legaciones. Ministerios y otras dependencias del Estado.
-
Nota, en francés, solicitando la búsqueda de un menor.
-
Ceremonial decretado para la recepción solemne de las Embajadas extraordinarias en el Real Palacio de Ajuda.
-
Ceremonial y etiqueta en la Corte de Italia.
-
La base de las relaciones entre España y la Santa Sede, es el Concordato celebrado entre Su Santidad el Sumo Pontífice Pío IX y Su Majestad Católica Doña Isabel II, Reina de España, el 16 de Marzo de 1851.