Circular. Cámaras de Comercio.
Instituciones que promueven con más interés al propósito de aumentar y desarrollar su tráfico internacional.
CÁMARAS DE COMERCIO.
CIRCULAR.
Excmo. Sr.:
Entre las instituciones que los diferentes países promueven con más interés al propósito de aumentar y desarrollar su tráfico internacional, míranse por común consentimiento como las más útiles las Cámaras de Comercio en el extranjero.
Ellas, no sólo proporcionan el medio de relacionar entre sí los diferentes países, sino que encauzan las corrientes comerciales donde se hallan formadas, las promueven y alientan donde aún no existen, ofrecen al comercio las seguridades y elementos que le son indispensables, y logran dar a la emigración un carácter que la torna útil a la patria, compensando en cierto modo la debilidad que produce con el desarrollo de nuevas relaciones económicas.
Natural era, por tanto, que el Ministerio de Estado mirase con predilección esta clase de instituciones.
Ya en la legislatura de 1884 la Comisión de presupuestos, respondiendo a la excitación de un Diputado, mostró, por medio de su Presidente, no sólo sus simpatías, sino el aplauso con que vería que el Gobierno procediera al establecimiento de dichas Cámaras, recomendación que no ha sido nunca olvidada por el Ministerio de Estado.
Su creación en el extranjero hubiera sido, sin embargo, ineficaz mientras no hubieran sido establecidas en España. Por eso hoy, que por la iniciativa de mi digno colega el Ministro de Fomento han quedado organizadas sobre las bases del Real decreto de 9 de Abril último, creadas ya en más de quince capitales de provincia y debiendo estarlo pronto en otras varias, juzga este Ministerio llegado el momento de dar al comercio español tan poderosos auxiliares.
A crearlos, pues, y a organizados vigorosamente ha de consagrar V.E. sus esfuerzos, bien persuadido de que si las Cámaras de Comercio en el exterior no se organizan pronto, el comercio español languidecerá en todas partes y se extinguirá en algunas donde tanto floreció en otro tiempo.
Con objeto de facilitar a V.E. su cometido, adjunto hallará un Memorándum, en el que se ha coleccionado cuidadosamente cuanto la experiencia de otros pueblos ha sancionado y acreditado. En él hallará también V.E. un modelo de reglamento a cuyas disposiciones fundamentales deberán adaptarse los de las Cámaras de Comercio españolas que se instalen en el extranjero; pero teniendo muy en cuenta que tan sólo ha de considerarse como pauta y traza general de lo que han de ser las Cámaras, y de modo alguno como molde definitivo y rígido, cosa incompatible con la índole de una institución que por su naturaleza ha de reflejar el peculiar carácter del país en que funcione y la rica variedad de la iniciativa local.
Llegados a la práctica y al momento de establecer las Cámaras de Comercio, llamo la atención de V.E. hacia dos puntos de verdadera importancia. El más difícil es siempre en estos casos el allegar recursos suficientes para la cómoda y desahogada vida de estas instituciones, y por eso deberá V.E. preocuparse especialmente de las bases y medios que al efecto se indican. El otro extremo, no menos interesante, es el de proporcionar la creación de las Cámaras de Comercio a las verdaderas necesidades del tráfico, no empeñándose en establecerlas en todas partes, sino tan sólo en aquellos puntos donde los intereses mercantiles lo reclamen y haya elementos nacionales suficientes para darles vigorosa existencia.
Inútil sería añadir que las Cámaras de Comercio han de componerse de españoles, y que sólo con muy raras excepciones, que serán de la exclusiva apreciación de V.E. y de los Cónsules, se podría admitir en ellas a extranjeros.
Organizadas las Cámaras de Comercio sobre estas bases, el país debe esperar de las mismas los beneficios que han reportado a otras naciones, y de los cuales el comercio español está tan necesitado.
Es llegado, pues, el momento de acudir al patriotismo de los españoles residentes en ese país, a fin de que se apresten y dispongan a esfuerzo de tanta importancia, y no dudo de que V.E., al invocar el interés de la patria, encontrará en la colonia española el eco nunca apagado del sentimiento nacional.
Sírvase V.E. remitir esta Circular y los documentos que la acompañan a aquellos Cónsules de su jurisdicción que estime oportuno, contestándome en el más breve plazo posible, no sólo haberlo hecho, sino también cuanto juzgue conveniente para el mejor éxito de esta misión que el Gobierno confía a V.E.
De Real orden lo digo a V.E. para su conocimiento y fines expresados.
Dios guarde a V.E. muchos años.
Madrid 2 de Octubre de 1886. Moret. Sr. Ministro de S.M. en ......
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