
Carpeta de despacho. Informar de la entrega de las Cartas Credenciales y copia de los discursos.
Carpeta de despacho para dar cuenta de la entrega de las Cartas Credenciales y la copia de los discursos.
Carpeta del Despacho anterior.
Ver documento original en formato pdf.
Texto de la carpeta.
Nº ...... ...... de ..... de 188..
SUBSECRETARÍA.
AL EXCMO. SEÑOR MINISTRO DE ESTADO,
etc. etc. etc.El ...... de España,
Da cuenta de la entrega de sus Cartas Credenciales, y envía copia de los discursos pronunciados en la audiencia (privada o pública) que al efecto se sirvió señalar el ......
-
9935
Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
El Encargado de Negocios de Bélgica, Consejero de la Legación, escribe al Ministro de Estado.
-
El Gobierno nombra y separa libremente los Embajadores y Enviados Extraordinarios y Ministros Plenipotenciarios de primera clase, y puede también separar igualmente los demás Jefes de misión.
-
Disposiciones generales.
-
Expresión de la repulsa e indignación por el atentado. También manifiesta su satisfacción por haber salido ileso de tal hecho S.M.
-
Comunicación del Jefe superior de Palacio, en la que se determinaba que, en las recepciones que se celebrasen en el Salón del Trono, se debían observar las Reales órdenes de 27 de Noviembre de 1861 y 11 de Abril de 1862.
-
La primera vez que algún Embajador de los que se cubren tiene audiencia con S. M.
-
Acta de nacimiento del Rey. Invitados a concurrir a la Real Cámara.
-
Formulario abreviado de Cartas Reales.
-
Señalada la Audiencia, el Jefe superior de Palacio lo participa al señor Ministro de Estado.
-
Dirección General del Tesoro Público. Ordenación general de pagos al Estado.
-
Las Cartas Credenciales son el documento que acredita a un embajador extranjero como representante y máxima autoridad diplomática de otro país en España
-
Se considerará como tiempo de servicio el que los diplomáticos empleen en su traslación de un destino a otro, a al cesar definitivamente en sus cargos.