
Tipos de Ceremonial: reglas y formalidades
El Ceremonial de Estado, Diplomático y de Cancillerías. Sus definiciones y formalidades protocolarias
Casa de S.M. el Rey
Formalidades protocolarias: el ceremonial
El ceremonial no es mas que un conjunto de reglas y formalidades aplicadas a un determinado acto o evento para aportarle una mayor solemnidad. El diccionario de la Real Academia Española -R.A.E.- lo define como 'Serie o conjunto de formalidades para cualquier acto público o solemne'.
Todo ceremonial lleva consigo implícitas una serie de formalidades protocolarias que es necesario cumplir durante el desarrollo de un acto. Pero el ceremonial no es siempre igual, por lo que vamos a ver los distintos tipos en los que se puede dividir esta parte ceremonial, según el señor Don Manuel Aguilar Otermin:
1. Ceremonial de Estado
En este ceremonial podemos englobar a todos los Jefes de Estado, Presidentes de Gobierno, Monarcas y realeza, así como al Santo Padre y cualquier otro alto representante de un país.
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En él se regulan las relaciones que entre ellos deben tributarse por los más diversos motivos: coronaciones, tomas de posesión de cargos (como la toma de posesión de la presidencia de un país, nombramientos de diplomáticos, etc.) y cualquier otro tipo de relaciones oficiales entre ellos (visitas a otros países, entregas de premios, etc.).
2. Ceremonial Diplomático
Al que también denomina Ceremonial externo, y que regula las precedencias, sus clases; orden de colocación en los diversos actos y ceremonias de carácter diplomático.
Organización y desarrollo de las recepciones y encuentros (como las firmas de tratados o presentación de cartas credenciales, por ejemplo) en el que tengan intervención personas relacionadas con el cuerpo diplomático y que afecten a las relaciones y tareas desarrolladas por éstos.
3. Ceremonial de Cancillería
Denominado también Ceremonial interno, haciendo referencia en este epígrafe a las formalidades a tener en cuenta en relación a notas, oficios, tratados y demás documentos que constituyen la correspondencia diplomática.
Este ceremonial es el que se conoce con el nombre propio de Protocolo, como regla de ceremonial diplomática o palatina que engloba todo el amplio conjunto de matices del ceremonial y la etiqueta.
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En resumen, podemos decir que el ceremonial en su conjunto, regula el "comportamiento" de los Gobiernos y sus representantes con respecto a otros países, el cual se puede extender a otros miembros de la sociedad que tengan relaciones con ellos o una relevancia especial demostrada.
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