Protocolo aconfesional. ¿Hay que jurar el cargo ante la Biblia?
La proposición no de ley pide al Gobierno que retire los símbolos religiosos en los actos en los que los cargos públicos acatan la Constitución.
Una iniciativa quiere evitar que el presidente del Gobierno jure ante la Biblia y el crucifijo.
Cada nuevo presidente del Gobierno o nuevo ministro repite 'religiosamente' el mismo protocolo al tomar posesión de su cargo: prometer o jurar el acatamiento de las normas constitucionales y lealtad al Rey.
Lo particular es que una Biblia y un crucifijo escoltan al ejemplar de la Constitución, donde precisamente España se define como un Estado aconfesional. Ahora varios partidos llevan estos símbolos cristianos ante el Congreso en una proposición no de ley que pide su supresión en las ceremonias de toma de posesión de determinados cargos públicos.
La proposición no de ley pide al Gobierno que retire los símbolos religiosos en los actos en los que los cargos públicos acatan la Constitución mediante las fórmulas de promesa o juramento.
Esas ceremonias, que afectan por ejemplo al presidente del Gobierno y a los ministros, se caracterizan por la presencia, junto al ejemplar de la Carta Magna, de un crucifijo y de una Biblia, algo que consideran que no tiene base legal al tener el Estado un carácter aconfesional.
Por tanto, se pide al Gobierno desarrolle un "protocolo aconfesional".
No es entendible ni justificable que en un Estado aconfesional los ministros juren o prometan el acatamiento de la Constitución ante una Biblia y un crucifijo.
Según explica en su texto, el Real decreto de 1979 que establece la fórmula de juramento de cargos y funciones públicas, que permite elegir entre prometer y jurar el acatamiento a las normas constitucionales y la lealtad al Rey, pero no se hace referencia a los símbolos religiosos.
Este vacío legal lleva a preguntarse "si un futuro ministro musulmán tendría también derecho a exigir el Corán", algo que no está en absoluto regulado. Por eso, propone "elaborar un Protocolo aconfesional para los actos y ceremonias institucionales y sus relaciones con las confesiones religiosas".
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