Sección de Comercio.
Ministerio de Estado. Sección de Comercio. Negocios mercantiles y tráfico internacional.
SECCIÓN DE COMERCIO.
"L'histoire du commerce est celle de la communication des peuples". (MONTESQUIEU.)
La Sección de Comercio del Ministerio de Estado entiende en todo lo que se refiere a negocios mercantiles, tráfico internacional y en cuanto concierne a la industria, con relación al extranjero.
Debe preparar y redactar los Tratados y Convenios de Comercio, Navegación, Pesca, Sanidad, Beneficencia, Correos, Telégrafos y Consulados.
Interviene en los nombramientos de los Cónsules extranjeros en España para la expedición del correspondiente exequátur, y en todo lo que se contrae al ejercicio de la jurisdicción consular, tanto en materia civil y comercial, como en lo criminal y en los demás derechos y atribuciones de los Cónsules.
Tiene que informar acerca de las disposiciones generales que se adopten en materia de Aduanas y del Comercio en general, por los demás Ministerios, así como sobre las Exposiciones Universales, bien sean de Artes o de Industria.
Debe revisar y publicar las Memorias que envían los Cónsules de España, y cuidar de la formación de los datos estadísticos que afectan a la navegación y al desarrollo del tráfico internacional; y en general, a todo lo que es referente a los Ministerios de Hacienda y de Gobernación o de sus respectivas dependencias.
-
8950
Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Nota, en francés, solicitando una audiencia privada, al volver de una licencia.
-
Ministerio de Estado. Sección de control de los gastos de todas las dependencias del Ministerio.
-
Agentes diplomáticos de segunda clase: Enviados ordinarios y extraordinarios, Ministros Plenipotenciarios, Internuncios. Agentes diplomáticos de tercera clase. Ministros residentes. Origen histórico. Naturaleza de sus credenciales...
-
Llegada a Madrid del Sr. Stuers para hacerse cargo de la Legación de los Países Bajos en Madrid, España.
-
Todos los cargos correspondientes a las categorías citadas en el art. 1º., serán desempeñados por individuos de la Carrera Consular.
-
Formulario abreviado de Cartas Reales.
-
Las Órdenes Españolas existentes en la época del reinado de Alfonso XII.
-
Comunicado a los Representantes de España en el extranjero el fallecimiento de S.M. el Rey, mediante telegrama cifrado.
-
Sólo podrán concederse honores de la categoría superior inmediata al tiempo de la jubilación, como recompensa de los buenos servicios y merecimientos del interesado.
-
Leyes Militares. Ley de Quintas.
-
Cruces españolas a extranjeros. No se conceden nunca Cruces a súbditos ingleses. No se conceden condecoraciones sin antes consultar.
-
Felicitación por el ascenso a la primera magistratura de esa República.