
Modelo 4. Cédula de nacionalidad.
Cédula de nacionalidad. Modelo 4.
Modelo número 4.
(Sello de armas)
(Legación, Consulado general, Consulado o Viceconsulado) de España en ......
Cédula de nacionalidad para transeúntes núm. ......
Don N. (aquí la profesión), natural de ......, se halla empadronado en el Registro de españoles transeúntes de este Consulado.
Y a fin de que el interesado pueda acreditar su nacionalidad, le expido la presente cédula en ...... de ...... de 187..
(Sello del Consulado)
Derechos ......
Artículo 138 de la Tarifa.
VALE POR UN AÑO.
-
11143
Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
De las atribuciones y deberes de los cónsules.
-
Real Decreto de 19 de noviembre de 1884. Las importaciones.
-
Bautizo de S.M. el Rey Don Alfonso XIII, el 22 de mayo de 1886.
-
Recepción del Ablegado Apostólico portador de varios Breves y de la Rosa de Oro.
-
Comunicado del feliz alumbramiento de S.M. la Reina.
-
Este Patronato se concedió a los Reyes de España por Bulas que los Pontífices expidieron "motu proprio", declarándolo una prerrogativa inherente a la Corona de España.
-
Carta a los Administradores de las Aduanas españolas. Recomendación de un Jefe de Misión.
-
Cancillería. verdadero nombre de las comunicaciones diplomáticas, son oficiales y confidenciales, y se designa con este nombre toda comunicación cambiada entre el Ministerio de Negocios extranjeros de un país y los Jefes de Misión residentes en é
-
Nombramiento y funciones de los Cónsules argentinos.
-
Carta, en francés, para comunicar el enlace matrimonial de S.M. al Presidente de la República Suiza.
-
Modelo de nota verbal, en francés, dirigida a los Ablegados Apostólicos, diciendo cuando pueden salir de España.
-
Remisión de la cuenta de los derechos obvencionales recaudados en un Consulado durante los trimestres indicados.