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El exequátur de los Cónsules.
Solicitud del exequátur para el Cónsul recién nombrado.
DEL EXEQUATUR.
Cuando el Cónsul recien nombrado toma posesión de su destino, además de las prácticas de administración que se indican en la pág. 293 a los empleados diplomáticos, debo solicitar el correspondiente Exequátur por medio de la Embajada o Legación de España de quien dependa, a la que remitirá al efecto su Patente.
Solo en el caso de que en el país donde residan, no exista ni Embajada ni Legación de España, pueden los Cónsules pedir directamente a las autoridades su Exequátur.
El tiempo que tarde en obtenerlo, el Cónsul no puede entenderse con las autoridades locales, más que oficiosamente, pero puede, por práctica generalmente establecida, ejercer sus funciones.
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