Real Decreto 1511/1977, Título IV - III - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Delegados del Gobierno - Regla Número 4. Presidentes de la Diputación, Mancomunidad, Cabildo Insular y Alcaldes de capitales de provincia - Regla Número 5

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Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero
Regla Número 4
Delegados del Gobierno

B.O.E.
1. Descripción
Será una bandera con los colores de la bandera nacional en forma de corneta, llevando en el centro de la franja gualda el escudo de España.
2. Tipos y usos
Exclusivamente en vehículos automóviles en actos oficiales o de servicio, dentro de su jurisdicción, según se especifica en la regla número 1 del capítulo III del título IV.
Regla Número 5
Presidentes de la Diputación, Mancomunidad, Cabildo Insular y Alcaldes de capitales de provincia

B.O.E.
1. Descripción
Será una bandera cuadra del color o colores de la bandera de la provincia o capital, llevando en su centro el escudo de la misma.
2. Tipos y usos
Exclusivamente en vehículos automóviles en actos oficiales, dentro de su jurisdicción, según se especifica en la regla número 1 del capítulo III del título IV.
3. Observación
Se ha tomado como ejemplo la representación de la provincia de La Coruña.
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título I
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título II
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título III
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título IV
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