
Real Decreto 1511/1977, Título III - XIV - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Coronel del Ejército con Mando de Fuerzas Conjuntas - Regla Número 1. Coronel del Ejército del Aire con Mando de Fuerzas Conjuntas - Regla Número 2
protocolo.org
Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero
CAPÍTULO V
Regla Número 1
Coronel del Ejército con Mando de Fuerzas Conjuntas
B.O.E.
1. Descripción
Será una bandera con forma de corneta, de los colores de la Bandera Nacional, llevando el emblema del Ejército en sus esmaltes en el centro de la franja roja superior.
2. Tipos y usos
Los indicados en la regla número 1 del capítulo VI de este título.
Regla Número 2
Coronel del Ejército del Aire con Mando de Fuerzas Conjuntas
B.O.E.
1. Descripción
Será una bandera con forma de corneta, de las colores de la Bandera Nacional, llevando el emblema del Ejército del Aire, en el centro de la franja roja superior, en plata.
2. Tipos y usos
Los indicados en la regla número 1 del capítulo VI de este título.
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título I
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título II
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título III
Parte I | Parte II | Parte III | Parte IV | Parte V | Parte VI |
Parte VII | Parte VIII | Parte IX | Parte X | Parte XI | Parte XII |
Parte XIII | Parte XIV | Parte XV |
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
Citas Célebres
Hay que intentar ser educado, pero nunca creerse el más educado.
Charls Rou
-
Las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura divulgan y perpetúan los hechos o motivos más representativos de su historia local a través de la simbología de sus escudos, banderas y otros símbolos.
-
Título I. Honores Militares. Capítulo VI. A autoridades extranjeras y de organizaciones internacionales. Capítulo VII. A jefes de representación diplomática y consular.
-
La Constitución de 1856, llamada 'non nata' porque no llegó a entrar en vigor, fue un proyecto nuevo y progresista, que reafirmaba el principio de la soberanía nacional.
-
Estatuto Autonomía de la Comunidad Autónoma de Ceuta. R.C.L. 1995/853. Ley Orgánica 13/03/1995, Num. 1/1995.
-
Sobre els actes municipals, la seva classificació i presidència.
-
Título Preliminar, Disposiciones Generales. Título I. Recompensas militares que integran la Real y Militar Orden de San Fernando.
-
Ministro de Marina - Regla Número 1. Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada - Regla Número 2
-
Ley sobre relaciones Consulares, Convención de Ginebra de 1963. 24 de Abril de 1963.
-
Título VI. Mención honorífica.
-
DECRETO 77/2002, de 26 de febrero, por el que se regula el régimen de precedencias y tratamientos en el ámbito de la Junta de Andalucía. Consejería de la Presidencia
-
Orden del Mérito Civil. Anexo. Gran Cruz del Collar. Gran Cruz. Gran Cruz (optativa para señoras). Corbata
-
Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local. BOE 17-12-2003. Ley de Grandes Ciudades.