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Creación de la Jefatura de Protocolo del Estado. Real Decreto 2101/1983, de 4 de agosto

Se crea la Jefatura de Protocolo del Estado que dependerá del Presidente del Gobierno a través de su Secretario, y cuyo titular tendrá la categoría de Director general

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Real Decreto por el que se crea la Jefatura de Protocolo del Estado

Ver Real Decreto 2101/1983 en formato pdf

A efecto de que las normas de Protocolo reciban, en su aplicación, un tratamiento uniforme en todos los ámbitos y esferas de la vida oficial del Estado, a propuesta del Presidente del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de agosto de 1983, dispongo:

Artículo 1

Se crea la Jefatura de Protocolo del Estado que dependerá del Presidente del Gobierno a través de su Secretario, y cuyo titular tendrá la categoría de Director general. Cuando ejerza su función en el extranjero tendrá el rango de Embajador.

Artículo 2

Dependiendo de la citada Jefatura habrá un segundo Jefe, designado de entre el personal adscrito a aquélla.

Artículo 3

Corresponde a la Jefatura de Protocolo del Estado la dirección, coordinación, interpretación y ejecución de las normas sobre el régimen de Protocolo y Ceremonial del Estado, salvo en las competencias propias del Introductor de Embajadores del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Dependerán funcionalmente de la citada Jefatura, en cuanto a sus actuaciones, los restantes Órganos y Servicios que sobre la materia existan o puedan establecerse en las diversas Instituciones, Poderes o Administraciones Públicas. 

Disposición adicional 

A propuesta del Presidente del Gobierno se dictarán las disposiciones oportunas para el desarrollo y ejecución del presente Real Decreto.

Disposición final 

El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el.

Dado en Palma de Mallorca a 4 de agosto de 1983.- JUAN CARLOS R.

- El Presidente del Gobierno, Felipe González Márquez.

 

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