
Recepciones. Audiencias de S.M. el Emperador y de S.M. la Emperatriz de Rusia.
Recepción de los Encargados de Negocios y demás Agentes Diplomáticos.
Recepción de los Encargados de Negocios y demás Agentes Diplomáticos.
Audiencias de S.M. el Emperador y de S.M. la Emperatriz de Rusia.
El Encargado de Negocios que llega revestido con este carácter, o cualquier otro Agente diplomático, en cuanto reciben el aviso del dia y de la hora en que puede recibirlos el Ministro de Negocios Extranjeros o quien hace sus veces, van a visitarle para comunicarle sus Cartas-credenciales (Nota 1) y para pedir una audiencia de presentación a SS.MM.II.
Nota 1. En esto debe haber un error, sin duda por defecto de redacción. Los Encargados de Negocios efectivos, no tienen Cartas-credenciales, sino de Gabinete, dirigidas al Ministro del país donde reside, por el Ministro que le nombra, y esta es la única diferencia que hay entre los Encargados de Negocios efectivos y los interinos que son los Secretarios de Embajada o de Legación, presentados como tales encargados por sus respectivos Jefes.
Al día siguiente hace su visita al Gran Maestro de Ceremonias, que se la devuelve en el día y a la hora convenida de antemano.
Designado día por S.M. el Emperador, a la hora señalada, el Encargado de Negocios va en su coche al Palacio Imperial, apeándose al pie de la escalera que le hayan indicado. Un Correo de Corte le precede hasta la sala de espera, donde le recibe un Secretario de Ceremonias que le acompaña a las habitaciones de S.M. el Emperador.
Le presenta a S.M.I. el Gran Maestro de Ceremonias.
Terminada la audiencia, va acompañado de un Secretario de Ceremonias y precedido de un Correo de Corte a las habitaciones de S.M. la Emperatriz, a quien es presentado por el Gran Maestro de Ceremonias. La Camarera Mayor asiste a la audiencia, y una Señorita de Honor se queda en la sala inmediata.
Se despide al Encargado de Negocios con las mismas formalidades con que se le recibe. Acto continuo debe pedir, por conducto del Gran Maestro de Ceremonias, su presentación a los individuos de la Familia Imperial, y hacer la primera visita como los Ministros Plenipotenciarios a los Dignatarios y Funcionarios del Imperio.
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“Fundamentum strtuemus hanc juris gentium, quod primarium vocant, regulam certissimam, cujus perspicua atque inmutabilis est ratio licet cuivis genti quamvis alteram adire cumque ea negotiari.” (H. GROCIO, Mare liberum, cap. I)