
La esposa del Embajador. Título.
Como hasta el siglo XVII, en que las Misiones permanentes se hicieron más generales, las esposas de los Representantes no siguieron a sus maridos al extranjero.
DEL TITULO, DE LA ESPOSA DEL EMBAJADOR.
Como hasta el siglo XVII, en que las Misiones permanentes se hicieron más generales, las esposas de los Representantes no siguieron a sus maridos al extranjero; el título de Embajadora (ambassadrice), no se había usado nunca.
Los Reyes de Francia, fueron los primeros que dieron este título a las esposas de los Embajadores, exigiendo que se hicieran a estas damas los mismos honores que a sus maridos. Sobre este particular, existe un libro llamado L'Ambassadrice et ses droits, que defiende todas las prerrogativas de este título.
Hay muchas opiniones sumamente diferentes sobre el derecho que puedan tener las esposas de los Enviados diplomáticos de la primera categoría, para usar el título de Embajadoras; y como en la historia se encuentra el precedente de que Luisa de Saboya, la Reina Leonor, la Duquesa de Alencón y otras varias damas, han sido Embajadoras porque fueron enviadas precisamente para negociar, se pretende sacar la consecuencia de que, a las que no están revestidas del carácter de negociadoras, no les corresponde semejante título.
Pero las costumbres han cambiado mucho; puesto que en la misma Francia, que es uno de los países donde se niega a la mujer el disfrutar los honores de la categoría del marido, es casualmente donde nació el título de Embajadora, para las esposas de los Embajadores; y allí, como en España, donde precisamente la mujer goza de los honores correspondientes a la categoría del marido, y en algún otro país donde rige la misma costumbre, es correcto el llamar Señora Embajadora a la esposa de un Enviado de la primera categoría diplomática; sobre todo, cuando hoy no se envían Embajadoras con Cartas credenciales para negociar un Tratado de paz o de alianza, y no ofrece la menor duda de que éstas no son más que las consortes de los Embajadores.
-
9105
Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Notificación de la muerte de la Reina María Josefa Amalia de Sajonia y expresión de condolencias
-
A la fórmula de costumbre se le añade una pequeña nota donde se indica cuándo debe empezar a contar el luto.
-
Interín condecorado por S.M. Uso de una Gran Cruz.
-
La muerte de un Soberano da por terminada la validez de las Cartas Credenciales.
-
Capítulo sexto, del Reglamento de la Carrera Consular. De las correcciones disciplinarias y de los procedimientos gubernativos y judiciales.
-
Reforma al Tratado IV de las Ordenanzas generales de 1793.
-
Algunos Soberanos añaden al título de Majestad un calificativo, bien religioso, bien derivado de la nacionalidad.
-
Decreto de 17 de octubre de 1821 declarando que los extranjeros residentes en el Perú tienen los mismos derechos y las mismas obligaciones que los nacionales.
-
Agradecimiento por la felicitación recibida y por el deseo de tener unas felices Pascuas.
-
Un buen diplomático debe estar muy bien informado de todo lo que acontece en el país donde está acreditado, sin dejar de informarse y estar al día de lo que pasa en su país.
-
Ceremonial y etiqueta que ha de observarse en la entrada de la Reina en esta Corte en el acto solemne de los Reales Desposorios y en el de las Velaciones en Nuestra Señora de Atocha.
-
Interpretando los sentimientos del pueblo español, el Rey Alfonso atendía con interés a todo cuanto se relacionara con la prosperidad y bienestar de los dominios de S.M. Sherifiana.