Real Decreto 2396/1998, de 6. Reglamento de la Orden del Mérito Civil. III
Las insignias correspondientes a los distintos grados de la Orden se ajustarán a los modelos que figuran...
Orden del Mérito Civil. Descripción de insignias: Collar, Cruz, Encomienda
Artículo 11. Descripción de insignias.
Las insignias correspondientes a los distintos grados de la Orden se ajustarán a los modelos que figuran como anexo al presente Reglamento, que responden a la siguiente descripción:
a) Collar:
La insignia estará formada por una pieza central que representa el Escudo Nacional, en metal dorado y esmalte, con cuartelado sencillo, pendiendo de ella la Cruz de la Orden que luego se describe, a un tamaño de 56 x 58 milímetros y completada con doble ramo de laurel en esmalte verde.
A ambos lados del referido escudo parten las piezas o eslabones de que se compone el Collar propiamente dicho, en número de nueve piezas. Cinco de ellas, de forma oval, estarán formadas por la alegoría central de la Cruz de la Orden, bordeada de laurel dorado, e irán colocadas a izquierda y derecha del escudo central y alternando con las cuatro piezas restantes que estarán formadas por una aspa de esmalte azul finamente bordeada de blanco, y sobre ella, dos ramos de laurel entrelazados, que simbolizan las virtudes cívicas que se premian. Todos estos eslabones se unirán al escudo central mediante una doble cadena formada por anillas planas de estilo gótico, completando el conjunto una caída de cadena que une la parte media de las dos primeras piezas con la parte baja del escudo.
Las personas que estén en posesión del Collar podrán usar, en actos cuyo ceremonial no requiera ostentar el mismo, una Gran Cruz de iguales características que la que luego se describirá para el grado de Gran Cruz, con la diferencia de que su placa llevará doble ramo de laurel en esmalte verde, y la banda estará formada por una cinta de moaré de seda, de 101 milímetros de anchura, de color azul intenso, con dos franjas blancas, de 10 milímetros de anchura, situadas en los bordes.
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar la Gran Cruz del Collar con las dimensiones que se indican: placa, 69 x 71 milímetros, banda, 45 milímetros de ancho y venera, 38 x 42 milímetros.
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b) Gran Cruz:
Constará de una banda de seda de 101 milímetros de ancho, que se colocará, terciada, del hombro derecho al costado izquierdo, de color azul intenso, dividida a lo largo por una franja estrecha blanca; del rosetón, que unirá los extremos de la misma, penderá la Cruz de la Orden; ésta será de metal dorado, de 48 x 50 milímetros, formada por cuatro brazos iguales, en forma de aspa, esmaltados en azul intenso, y finalmente bordeados de blanco; entre estos brazos llevará cinco ráfagas abrillantadas del mismo metal. En su centro, un óvalo de esmalte azul intenso, orlado de filete blanco, con la inscripción en color oro «Al Mérito Civil», y en el centro troquelado en alto relieve, el motivo característico de la Orden, que será una matrona apoyada sobre una columna, con una espada en su mano diestra, templada en el fuego del sacrificio, como símbolo de las virtudes cívicas.
Entre los extremos superiores de las aspas, figurará la corona real. Todo el conjunto anterior pende de una corona de laurel esmaltada en verde.
Sobre el costado izquierdo ostentarán una placa dorada, de igual diseño que la Cruz anteriormente descrita, de 74 x 77 milímetros, llevando además tres ráfagas abrillantadas del mismo metal, colocadas detrás de cada brazo de las aspas y sobresaliendo de ellas.
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar las insignias de este grado, con las dimensiones que se indican: placa, 61 x 63 milímetros, banda, 45 milímetros de ancho, y venera, 38 x 42 milímetros.
c) Encomienda de número:
Consistirá en una placa plateada, con las restantes características iguales a las descritas para la placa de la Gran Cruz, reducido su tamaño a 69 x 71 milímetros, que se colocará sobre el costado izquierdo.
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar esta insignia con el tamaño reducido a 56 x 58 milímetros.
d) Encomienda:
Consistirá en una Cruz dorada, de 48 x 50 milímetros, idéntica a la venera de la Gran Cruz, que se portará pendiente del cuello mediante una cinta de 45 milímetros de ancho, con los colores de la Orden, azul y blanco, tal como se describen en el grado de Gran Cruz.
Facultativamente y por razones prácticas, las señoras podrán usar esta insignia sustentándola de un lazo doble, con caídas, con los colores de la Orden y portarla, a modo de broche, sobre el lado izquierdo del pecho.
e) Cruz de Oficial:
Las personas que ostenten este grado usarán una Cruz dorada, idéntica a la venera de la Gran Cruz, pendiente de una cinta de 30 milímetros de ancho, con los colores de la Orden y prendida en el lado izquierdo del pecho, con un pasador-hebilla de metal dorado.
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar esta insignia con el tamaño reducido a 38 x 42 milímetros, sustentarla mediante un lazo doble, con caídas, con los colores de la Orden y portarla, a modo de broche, sobre el lado izquierdo del pecho.
f) Cruz:
Consistirá en una Cruz plateada con las restantes características iguales a la de la venera de la Gran Cruz y se ostentará en idéntica forma que la Cruz de Oficial.
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar esta insignia con el tamaño reducido a 38 x 42 milímetros, sustentarla mediante un lazo doble, con caídas, con los colores de la Orden y portarla, a modo de broche, sobre el lado izquierdo del pecho.
g) Cruz de Plata:
Constará de una Cruz de cuatro brazos, en forma de aspa, de 33 x 40 milímetros, entre cuyos extremos superiores figurará la Corona Real, en metal plateado y sin esmalte alguno. En el centro, sobrepuesto, llevará un óvalo troquelado con la inscripción "Al Mérito Civil" y el motivo característico de la Orden. Se portará de la misma forma que la Cruz de Oficial.
Por razones prácticas y facultativamente, la señoras podrán usar esta insignia sustentándola de un lazo doble, con caídas, con los colores de la Orden y portarla, a modo de broche, sobre el lado izquierdo del pecho.
h) Corbata y Placa de Honor:
La Corbata se otorgará, exclusivamente, a personas jurídicas que tengan reconocido el uso de banderas o enseñas similares. Su insignia consistirá en una banda de seda con los colores de la Orden, semejante a la banda de la Gran Cruz, de 155 cm de largo, rematada en sus extremos con flecos dorados. En uno de sus extremos llevará bordada la insignia correspondiente a la Encomienda de la Orden, de 55 x 60 milímetros. Dicha banda se colocará doblada y anudada al asta de la enseña por su extremo superior, con un cordón azul.
La Placa de Honor se otorgará a personas jurídicas que no tengan reconocido el derecho al uso de banderas.
Su dispositivo consistirá en una placa rectangular plateada de 30 x 18,8 cm, en cuya parte superior central figurará la insignia correspondiente a la Encomienda de la Orden, de 55 x 60 milímetros y debajo constará el nombre de la entidad receptora y la fecha de concesión.
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