
Lutos de la Corte de España. Tabla primera.
Lutos de la Corte de España. Por la Familia Real de España.
Lutos de la Corte de España.
Por la Familia Real de España.
Ver tabla original en formato pdf.
Texto de la tabla.
- Rey o Reina:
6 meses. 4 riguroso. 2 alivio.
- Príncipe heredero de la Corona:
6 meses. 3 riguroso. 2 alivio.
- Padres y abuelos del Rey o Reina reinante:
6 meses. 3 riguroso. 3 alivio.
- Infantes hijos del Rey reinante:
3 meses. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Nietos del Rey reinante, declarados Infantes:
3 meses. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Nietos del Rey reinante, no declarados Infantes:
2 meses. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Yernos, suegros, hermanos y cuñados del Rey reinante:
2 meses. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Tíos carnales del Rey reinante, declarados Infantes:
2 meses. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Tíos carnales del Rey reinante, no declarados Infantes:
6 semanas. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Tíos segundos del Rey reinante, declarados Infantes:
6 semanas. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Tíos segundos del Rey reinante, no declarados Infantes:
4 semanas. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Sobrinos carnales del Rey reinante, declarados Infantes:
4 semanas. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Sobrinos carnales del Rey reinante, no declarados Infantes:
24 días. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Sobrinos segundos del Rey reinante, declarados Infantes:
24 días. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Sobrinos segundos del Rey reinante, no declarados Infantes:
20 días. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Primos carnales del Rey reinante, declarados Infantes:
20 días. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Primos carnales del Rey reinante, no declarados Infantes:
18 días. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Primos segundos del Rey reinante, declarados Infantes:
18 días. Mitad riguroso. Mitad alivio.
- Primos segundos del Rey reinante, no declarados Infantes:
14 días. Mitad riguroso. Mitad alivio.
El mismo luto corresponde por el fallecimiento de Reyes, Reinas, Príncipes herederos, Infantes y demás individuos de Familias Reales de otras Potencias que tengan igual grado de parentesco con la de España y con la misma distinción en los que sean Infantes de España y los que no estén declarados tales, aunque tengan igual rango y parentesco.
En el caso de corresponder dos lutos, uno por el deudo con la Familia Real de España, y otro en concepto de Príncipe extranjero, se elegirá el de más duración.
No se lleva luto por el Papa, por los párvulos (Príncipes que no han pasado de los siete años) ni por las personas Reales que no pertenecen al Cristianismo.
- Lutos de la Corte de España. Tabla primera.
- Lutos de la Corte de España. Tabla segunda.
- Lutos de la Corte de España. Tabla tercera.
- Lutos de la Corte de España. Tabla cuarta.
Documentos Relacionados
-
8775
Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Decreto convocando a las Cámaras, anunciando la convocatoria para recibir el juramento que debía prestar el Rey.
-
Notificación oficial del fallecimiento de un Príncipe.
-
Modelo. Formación del árbol genealógico e informe del Canciller.
-
Cómo hacer una petición de Audiencia a Su Santidad el Papa.
-
Solicitar la autorización del Soberano mediante Nota para presentar en el Círculo Diplomático de la Corte, a un Secretario o Agregado recién llegado.
-
Formulario abreviado de Cartas Reales.
-
Calidad de interino. Uso y ejercicio provisional de este encargo.
-
Recepción del Ablegado Apostólico portador de varios Breves y de la Rosa de Oro.
-
Ceremonial para el juramento de la mayoría de Su Alteza Imperial Monseñor Cesarevitch, Gran Duque Heredero, Nicolás Alejandrovitch.
-
Modelo, en idioma francés, de un "Laissez passer".
-
Reforma al Tratado IV de las Ordenanzas generales de 1793.
-
Nombramiento y funciones de los Cónsules argentinos.