
Actos oficiales y autoridades
En los actos oficiales, casi siempre son más noticia las ausencias que las asistencias, salvo las no previstas
RTVE
Ceremonial y protocolo. Actos oficiales y autoridades
En los actos oficiales, casi siempre son más noticia las ausencias que las asistencias, salvo las no previstas, y más la alteración que el cumplimiento del protocolo, el cual está reglamentado por el Ordenamiento General de Precedencias en el Estado.
Cumplir el Real Decreto 2099/1983
Salvo en estos casos, debe omitirse -por obvia- la fría y prolija relación de autoridades asistentes. Pero si se citan hay que respetar el orden establecido por el Real Decreto 2099/1983 (Boletín Oficial del Estado de 8 de agosto). Es el siguiente:
- El Rey o la Reina.
- La Reina consorte o el consorte de la Reina.
- El príncipe o la princesa de Asturias.
- Los infantes de España.
- El presidente del Gobierno.
- El presidente del Congreso de los Diputados.
- El presidente del Senado.
- El presidente del Tribunal Constitucional.
- El presidente del Consejo General del Poder Judicial.
- Los vicepresidentes del Gobierno, según su orden.
- Los ministros del Gobierno, según su orden (en el caso de celebrarse el acto en el territorio de una comunidad autónoma, por delante de ellos va el presidente de esa comunidad).
- El decano del Cuerpo Diplomático y los embajadores extranjeros acreditados en España.
- Los ex presidentes del Gobierno.
- Los presidentes de los Consejos de Gobierno de las comunidades autónomas (según la antigüedad de la publicación oficial de los correspondientes estatutos de autonomía y, en caso de coincidencia en esta fecha, por la antigüedad en el nombramiento oficial para el cargo).
Precedencias de los ministerios
El orden establecido de los ministerios, a los que precede la Presidencia del Gobierno, es el siguiente:
- Asuntos Exteriores.
- Justicia.
- Defensa.
- Economía y Hacienda.
- Interior.
- Obras Públicas y Urbanismo.
- Educación y Ciencia.
- Trabajo y Seguridad Social.
- Industria y Energía.
- Agricultura, Pesca y Alimentación.
- Presidencia.
- Transportes, Turismo y Telecomunicaciones.
- Cultura.
- Administración Territorial.
- Sanidad y Consumo.
- Asuntos Sociales.
- Portavoz del Gobierno.
Precedencias en los actos celebrados en Madrid
En los actos celebrados en Madrid, el orden de las instituciones es el siguiente:
- Gobierno de la nación.
- Cuerpo Diplomático acreditado en España.
- Mesa del Congreso de los Diputados.
- Mesa del Senado.
- Tribunal Constitucional.
- Consejo General del Poder Judicial.
- Tribunal Supremo de Justicia.
- Consejo de Estado.
- Tribunal de Cuentas.
- Presidencia del Gobierno.
- Ministerios, según su orden.
- Instituto de España y reales academias.
- Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
- Asamblea legislativa de Madrid.
- Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
- Ayuntamiento.
- Claustro universitario.
Precedencias en los actos celebrados en una comunidad autónoma
En los actos celebrados en el territorio de una comunidad autónoma rige el siguiente orden de precedencia:
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- Gobierno de la nación.
- Cuerpo Diplomático acreditado en España.
- Consejo de Gobierno de la comunidad.
- Mesa del Congreso de los Diputados.
- Mesa del Senado.
- Tribunal Constitucional.
- Consejo General del Poder Judicial.
- Tribunal Supremo de Justicia.
- Asamblea legislativa de la comunidad.
- Consejo de Estado.
- Tribunal de Cuentas.
- Tribunal Superior de Justicia de la comunidad.
- Ayuntamiento de la localidad.
- Presidencia del Gobierno.
- Ministerios, según su orden.
- Consejerías de Gobierno de la comunidad, según su orden.
- Instituto de España y rea les academias.
- Gobierno Civil de la provincia.
- Diputación Provincial, mancomunidad o Cabildo insular.
- Audiencia Provincial.
- Claustro universitario.
- Representaciones consulares extranjeras.
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