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10. Precedencia de las Autoridades.

La precedencia de las autoridades politécnicas que regirá en las ceremonias o actos que se realicen en la ESPEA se rigen por el orden de precedencia establecido.

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3.4 Precedencia de las Autoridades.

La precedencia de las autoridades politécnicas que regirá en las ceremonias o actos que se realicen en la ESPEA será la siguiente:

- Rector.

- Vicerrector.

- Secretario General Procurador.

- Canciller.

- Decanos según orden de antigüedad en el cargo.

- Directores generales y Directores según orden de antigüedad en el cargo.

En orden de importancia, le seguirán:

- Miembros del Consejo Académico General.

- Directores o Jefes de Departamentos.

- Jefes de Divisiones.

- Secretarios-Abogados de Facultad.

- Directores de carrera.

- Representante de los docentes.

- Representante de los estudiantes.

- Representante de los trabajadores.

 

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