
10. Precedencia de las Autoridades.
La precedencia de las autoridades politécnicas que regirá en las ceremonias o actos que se realicen en la ESPEA se rigen por el orden de precedencia establecido.
3.4 Precedencia de las Autoridades.
La precedencia de las autoridades politécnicas que regirá en las ceremonias o actos que se realicen en la ESPEA será la siguiente:
- Rector.
- Vicerrector.
- Secretario General Procurador.
- Canciller.
- Decanos según orden de antigüedad en el cargo.
- Directores generales y Directores según orden de antigüedad en el cargo.
En orden de importancia, le seguirán:
- Miembros del Consejo Académico General.
- Directores o Jefes de Departamentos.
- Jefes de Divisiones.
- Secretarios-Abogados de Facultad.
- Directores de carrera.
- Representante de los docentes.
- Representante de los estudiantes.
- Representante de los trabajadores.
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