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Decreto 1112, junio 25 de 1981. Celebración solemne del día 3 de julio.
Municipio de Santiago de Cali. Decreto 1112, junio 25 de 1981. Celebración solemne del día 3 de julio.
"Por el cual se dispone celebrar solemnemente el día 3 de julio"
El Alcalde de Santiago de Cali, en uso de sus facultades legales y
CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo No. 75 de octubre de 1927 se declaró el 3 de julio fecha clásica de la ciudad, ya que en dicho día determinó el Cabildo, en 1810, solicitar al Concejo de Bogotá la proclamación de la Independencia de España, sembrando con ese gesto la raíz de la tradición y la vocación pioneras de Cali en la promoción de la libertad y las instituciones democráticas.
Que en desarrollo de dicha petición la capital del Virreinato de la Nueva Granada, lanzó su Grito de Libertad el día 20 del mismo mes y del mismo año.
Que muchos próceres de Santiago de Cali y, en general del Valle del Cauca, dieron su sangre por la Causa Emancipadora, no solo 0en Colombia sino en el resto de los países hermanos.
Que es deber del Gobierno celebrar las grandes efemérides de los actos de los fundadores de la comunidad y ayudar a mantener vivos los valores que sirven de base y de marco a la solidaridad social.
DECRETA:
Artículo primero:
El Gobierno Municipal de Santiago de Cali concurrirá con el Honorable Concejo Municipal y la Academia de Historia del Valle del Cauca, a los actos cívicos y religiosos que habrán de efectuarse en la hora que para el efecto convenga la Alcaldía con la mesa directiva del Cabildo y el Presidente de la citada academia.
Artículo segundo:
Todos los edificios municipales y particulares, izarán los pabellones Nacional y de Santiago de Cali.
Artículo tercero:
Como es ya tradicional, declárase Día Cívico el 3 de julio próximo.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
(Fdo. Rodrigo Escobar Navia, Alcalde de Cali.)
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Congreso Nacional. Ley 136, junio 2 de 1994. Alcalde. Delegación de funciones. Incompatibilidades.
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Congreso Nacional. Ley 136, junio 2 de 1994. Asociación de Municipios.
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Actividades protocolarias de carácter especial. Entrevistas presidenciales fronterizas.
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Municipio Santiago de Cali. Decreto 0705. Mayo 30 de 1990. Orden Sebastián Belalcázar. Del Consejo.
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Documento de la Administración Municipal. Modelos de textos. Tarjeta de presentación, tarjeta visita.
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Documento de la Administración Municipal. Tarjeta oficial para reuniones urgentes o de pocas personas
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República de Colombia. Constitución Nacional. Del Régimen Municipal.
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Municipio de Santiago de Cali. Decreto 0692, agosto 1 de 1986. Premio a la cordialidad y atención al público. Distinción honorífica para empleados municipales.
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Congreso Nacional. Ley 136, junio 2 de 1994. Personeros Municipales. Funciones.
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Decreto 1967, agosto 15 de 1991. Uso de símbolos patrios: La Bandera, el Escudo y el Himno Nacional.
República de Colombia. Decreto 1967, agosto 15 de 1991. Uso de símbolos patrios: La Bandera, el Escudo y el Himno Nacional. -
Los pueblos necesitan, como expresión de su marcha en común, dotarse de unos símbolos, a través de los cuales se identifican consigo mismos.
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Texto del diploma concedido al titular de la Medalla al Mérito Civil Santiago de Cali.