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La mujer y los derechos de sucesión. Títulos nobiliarios y herencia

Los tribunales han dado la razón a las mujeres que pleiteaban por unos títulos que consideraban suyos

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El varón y la mujer en la sucesión nobiliaria
Usar título nobiliario. El varón y la mujer en la sucesión nobiliaria

El varón y la mujer en la sucesión nobiliaria

María Carrión, hace seis años se decidió a enfrentarse a su primo por el título de marquesa de Tabalosos. Su caso aún no ha salido de las paredes de la Audiencia de Madrid.

Sólo durante 10 años, de 1987 a 1997, los tribunales han dado la razón a las mujeres que pleiteaban por unos títulos que consideraban suyos. A partir de entonces, el único recurso que les ha quedado es acudir a Estrasburgo.

"DE LA MEJOR CONDICIÓN ES EL VARÓN que la mujer en muchas maneras", pensaba Alfonso X, que en sus "Partidas" determinó que los títulos nobiliarios fueran heredados siempre por el hermano varón. Casi siete siglos después, el Tribunal Constitucional, en su polémica sentencia del 3 de julio de 1997, se ratificaba en esta idea para fallar a favor del varón en la sucesión nobiliaria.

"La preferencia del varón sobre la mujer sólo puede entrañar, al igual que los propios títulos nobiliarios, una referencia o una llamada a la historia, desprovista hoy de todo contenido material... La voluntad regia que está expresa no puede alterarse sin desvirtuar el origen y la naturaleza histórica de la institución", argumentaba el Constitucional en una sentencia calificada por muchos como arcaica, obsoleta, odiosa, difícil de digerir, anticonstitucional e incluso republicana.

Pero para el Constitucional no existe discriminación por cuestión de sexo porque estamos ante títulos "simbólicos". Es decir, que no reportan ningún beneficio a sus poseedores. Hasta 1986, los derechos de sucesión de la nobleza se habían basado en dos ideas: la masculinidad y la primogenitura. Unas reglas que fueron confirmadas por Franco con la Ley de Restablecimiento de la Legislación Nobiliaria de 1948.

Pero en 1997, después de 11 sentencias del Tribunal Supremo, dos de ellas refrendadas por el propio Constitucional, favorables a la mujer, el alto tribunal da marcha atrás y consagra el principio de la prevalencia del varón en la sucesión nobiliaria.

Desde entonces, todas las sentencias que se han publicado han sido favorables a los intereses masculinos. El recurso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo era la única salida que les quedaba a las demandantes.

La Diputación General de la Grandeza (organismo que aglutina a los nobles de España) se ha decantado por los varones, salvo excepciones como Javier Méndez de Vigo y del Arco, marqués de Atarfe y Grande de España, favorable al derecho de las mujeres a heredar títulos si éstas son las primogénitas. Ellas, por su parte, se muestran dispuestas a ir hasta el final con dos textos legales bajo el brazo: el artículo 14 de nuestra Constitución y la convención de Nueva York, firmada por España en 1983, ambos contrarios a cualquier discriminación por cuestión de sexo.

 

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