Derechos inherentes al cargo de presidente de la Comunidad Autónoma Andaluza
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Junta Andalucía Imágen Generada por IA
Precedencia y honores de quien ejerza la presidencia de la Comunidad Autónoma Andaluza
Ley 6/2006, de 24 de octubre , del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Del estatuto personal
Artículo 15. Derechos inherentes al cargo
Quien ejerza la presidencia de la Junta de Andalucía tiene derecho a:
a) La precedencia sobre cualquier autoridad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la que le reserve la legislación del Estado.
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Los honores atribuidos en razón de su cargo son:
a) Utilizar la bandera y el escudo de Andalucía como distintivo.
b) Percibir las retribuciones que se fijen en las leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma.
c) Ocupar la residencia oficial que se establezca con el personal, servicios y dotación correspondiente.
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