Decreto 770, de 1982. Reglamento de Protocolo y Ceremonial de la Presidencia de la República. Parte V.
Actividades y ceremonias protocolarias de carácter permanente. Saludo Fin de Año. Ceremonias Militares. Femérides nacionales y aniversarios extranjeros.

Artículo 7º.
Saludo de fin de año al pueblo colombiano.
Cada año, con motivo de las festividades de Navidad y Año Nuevo, el señor Presidente de la República, dirigirá un saludo especial sal pueblo colombiano, cuya coordinación y difusión nacional estará a cargo de la Secretaría de Información y Prensa de la Presidencia.
Artículo 8º.
Ceremonias militares.
Tradicionalmente, el señor Presidente de la República asiste cada año a las siguientes ceremonias militares:
1. Ascenso de oficiales generales y de insignia.
2. Graduación de oficiales de las escuelas de formación, clausura de cursos en la Escuela Superior de Guerra y en la Academia Superior de Policía.
3. Desfile Militar del 20 de julio.
4. Aniversario del Batallón Guardia Presidencial el día 16 de agosto.
5. Efemérides de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
Las normas protocolarias que rigen para estas ceremonias, se encuentran contempladas en el Reglamento de Protocolo y Ceremonial Militar.
Artículo 9º.
Efemérides nacionales y Aniversarios extranjeros.
a. El Gobierno Nacional exaltará por intermedio de sus distintos organismos la conmemoración de sus Efemérides nacionales, asociándose a la celebración de hechos que conforman el patrimonio histórico de la Nación.
b. En la misma forma el Gobierno colombiano rendirá un tributo de admiración y respeto a las naciones amigas que tengan representación diplomática en el país el día de su Fiesta Nacional, enviando al jefe de misión un saludo de felicitación. Esta función será coordinada por la Casa Militar de la presidencia.
- 1. Decreto 770, de 1982. Parte I.
 - 2. Decreto 770, de 1982. Parte II.
 - 3. Decreto 770, de 1982. Parte III.
 - 4. Decreto 770, de 1982. Parte IV.
 - 5. Decreto 770, de 1982. Parte V.
 - 6. Decreto 770, de 1982. Parte VI.
 - 7. Decreto 770, de 1982. Parte VII.
 - 8. Decreto 770, de 1982. Parte VIII.
 - 9. Decreto 770, de 1982. Parte IX.
 - 10. Decreto 770, de 1982. Parte X.
 - 11. Decreto 770, de 1982. Parte XI.
 - 12. Decreto 770, de 1982. Parte XII.
 - 13. Decreto 770, de 1982. Parte XIII.
 - 14. Decreto 770, de 1982. Parte XIV.
 - 15. Decreto 770, de 1982. Parte XV.
 - 16. Decreto 770, de 1982. Parte XVI.
 - 17. Decreto 770, de 1982. Parte XVII.
 - 18. Decreto 770, de 1982. Parte XVIII.
 - 19. Decreto 770, de 1982. Parte XIX.
 
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									Actividades y ceremonias protocolarias de carácter permanente. Actos conmemorativos del 20 de julio.
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									Municipio de Santiago de Cali. Decreto 1380, julio 15 de 1980. Premio a la creatividad. Distinción honorífica empleados municipales.
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									Texto del diploma oficial de Alcalde Cívico
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									Municipio de Cali. Decreto 0206, Marzo 13 de 1985. Medalla Alférez Real.
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									Congreso Nacional. Ley 136, junio 2 de 1994. Concejales.
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									Municipio de Santiago de Cali. Decreto 0692, agosto 1 de 1986. Premio a la cordialidad y atención al público. Distinción honorífica para empleados municipales.
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									Congreso de la República de Colombia. Ley 198, julio 17 de 1995. Izada de la bandera nacional y colocación de símbolos patrios.
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									Comunicación oficial al interesado de su nombramiento como Cronista Oficial.
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									Normas generales de protocolo. Trajes de ceremonia y su equivalente con uniformes militares. Normas generales para invitaciones.
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									República de Colombia. Constitución Nacional. Del Régimen Municipal.
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									Documentos del Reglamento del Protocolo. Texto diploma oficial de Hijo/Hija Predilecto/Predilecta.
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									Loa alcaldes de ambas ciudades suscriben un compromiso de hermanamiento.
 


