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H. EL NUEVO RÉGIMEN Y LA SOCIEDAD DE CLASES: Cambios en el marco de referencia de las buenas maneras. III.

Cambios en el marco de referencia de las buenas maneras.

La civilización del comportamiento. Urbanidad y buenas maneras en España desde la Baja Edad Media hasta nuestros días
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- Instauración de libertades económicas. Desaparecen las trabas -mayorazgo, gremios, imposibilidad de enajenación y venta de propiedades nobiliarias y eclesiásticas.- que obstaculizan el libre ejercicio de la actividad económica y se permite que la propiedad, los bienes y los recursos sean administrados con arreglo al libre arbitrio de sus propietarios y poseedores.

España es un país de industrialización tardía. Ese carácter tardío ha sido explicado tradicionalmente recurriendo a factores como la accidentada orografía peninsular, las deficiencias en las vías de comunicación, la irregular distribución demográfica o la existencia de un sistema financiero notablemente precario (Flaquer, Giner y Moreno, 1990:21). Junto a estos inconvenientes estructurales, existen razones de índole social que contribuyen a explicar lo tardío de la industrialización española en comparación con algunos de sus homólogos europeos. La sociedad española acusaba un elevado grado de polarización entre las oligarquías financiera, comercial y agraria y una mayoritaria proporción de población campesina. Entre ambos grupos, se situaba una clase media con escasa iniciativa modernizadora que por añadidura veía como eran restringidas sus oportunidades de acceso a los órganos de decisión política (Flaquer, Giner y Moreno, 1990:22). La coyuntura económica a comienzos del siglo XIX fue extraordinariamente negativa. El antaño poderoso imperio español se evaporaba perdiendo sus colonias americanas. Un vasto mercado y un amplísimo caudal de oportunidades de negocio se esfumaban con aquella pérdida. La iniciativa comercial queda seriamente dañada y se despierta la conciencia y la necesidad de un desarrollo integrado que no dependa exclusivamente de un solo mercado, como ocurría cuando las colonias eran todavía españolas (Nota: La ineptitud e ineficiencia económicas de España son advertidas por grandes personalidades y observadores allende nuestras fronteras que saben de la abusiva dependencia mostrada por el Reino de España con relación a sus posesiones coloniales. Benjamín Franklyn (1706-1790) expresa esa idea con las siguientes palabras: "¿Queréis ser ricos?. Entonces pensad en ahorrar tanto como en ganar. Las Dos Indias no han bastado para enriquecer a España porque sus gastos son aún mayores que sus ingresos. Terminad, pues, con todas vuestras costosas locuras". Franklyn, citado en Sombart (1972:128)). Con todo, se pusieron en marcha una serie de medidas conducentes a modernizar económicamente el país.

Se decreta la libertad de industria, la comercial y la contractual junto a la posibilidad de explotar libremente la tierra por parte de quien sea el propietario o la persona a quien éste otorgue su uso (Artola, 1978:161-163). Como reza un decreto del 8 de Junio de 1813, " todo se podrá vender y revender al precio y en la manera que más acomode a sus dueños " (Artola, 1978:163). Puede observarse que queda abierta la puerta a la libertad económica. De este modo, para el individuo, el mundo se transforma en un espacio de infinitas posibilidades para los negocios y la prosperidad económica. Las inmensas oportunidades que se avistan estimulan el desarrollo de nuevas aptitudes: capacidad de iniciativa, innovación, afán de lucro, sentido racionalizador, cálculo, ahorro o prudencia inversora; aptitudes todas ellas imprescindibles para moverse con solvencia en el terreno de la economía (Villacorta, 1993:166) (Nota: Acerca de dichas aptitudes puede verse el clásico estudio de Werner Sombart que lleva por título El Burgués. En él se dedican diferentes apartados al examen de las mismas. Cfr. Sombart (1972:21-22, 63¬68, 117-137)). En lo relacionado con la propiedad, ésta es declarada inviolable por la Constitución de Cádiz (1812) siendo reiterada esta declaración en la Constitución de 1837. El propietario posee derechos ilimitados sobre los bienes que le son propios. La única excepción que se contempla en este principio de inviolabilidad son las expropiaciones de la propiedad. Éstas serán únicamente cursadas cuando la propiedad vaya a ser empleada en aras del bien común previa indemnización al propietario original (Artola, 1978:163-164 y Villacorta, 1993:107). Aún así, habría que esperar al siglo XX, concretamente al periodo transcurrido entre 1940 y 1965, para hablar de industrialización y desarrollo económico en sentido pleno junto a procesos que corren parejos como la urbanización y el éxodo rural. Desde aquí, entre 1965 y 1975, el país camina hacia la terciarización de la actividad económica quedando en segundo y tercer plano respectivamente las actividades secundarias y primarias. Coincidiendo con el establecimiento de un sistema político liberal democrático, España se encuadrará en un sistema de economía mixta que combina el libre mercado con el intervencionismo estatal de un Estado concebido en términos asistenciales (Flaquer, Giner, Moreno, 1990:48).

A partir de estos rasgos generales que he destacado, puede confeccionarse un cuadro en el que se sinteticen las diferencias habidas entre Antiguo y Nuevo Régimen:

Ámbitos Antiguo Régimen Nuevo Régimen
Política - Monarquía absoluta de legitimación teológica.
- Indivisibilidad del poder
- Súbditos
- Democracia liberal parlamentaria
- División tripartita del poder
- Ciudadanos
- Constitución
Sociedad - Criterio adscriptivo de posición social (nacimiento)
- Desigualdad cualitativa
- Pluralidad jurídica
- Estamento como medio de estratificación.
- Vínculos interpersonales de servidumbre o sumisión
- Grupo social significativo: nobleza
- Inmovilidad interestamental
- Criterio adquirido de posición social (nivel económico).
- Igualdad jurídica
- Homogeneización y unificación legales.
- Clase como medio de estratificación
- Vínculos interpersonales libremente establecidos
- Grupo social significativo: Burguesía/Clase media
- Movilidad interclasista
Economía - Regulación económica corporativa y gremial
- Restricciones sobre la compra y la venta de bienes
- Agricultura y ganadería
- Libertad comercial, industrial y contractual.
- Libertad de compra y venta de bienes.
- Industrialización y terciarización.

De acuerdo con todo lo anteriormente expuesto, puede concluirse que durante el periodo que estoy considerando (siglos XIX y XX) advienen una serie de acontecimientos, medidas y disposiciones conducentes a la transformación de la sociedad española en una sociedad más abierta en la que la posición y función que desempeñan las personas no se fía rígidamente a su grupo social de nacimiento. En este momento, la posición en el entramado social empezará a depender de factores adquiridos y no adscriptivos. Se abren posibilidades de movilidad social basadas, sobre todo, en la progresión económica personal: la promoción social es factible a partir de actividades antes denigradas -comercio o industria- o poco consideradas (Nota: El general Espartero (1793-1879), que alcanzaría la regencia durante la minoría de edad de Isabel II es un perfecto ejemplo de las nuevas vías que se abren para la promoción social. Espartero era hijo de un carretero manchego. Cursó estudios en el colegio de ingenieros, cosa que pudo hacer ya que habían sido derogadas las pruebas de nobleza que antes se exigían a todos los aspirantes. Así, poco a poco, fue avanzando en la carrera militar sin perjuicio de su humilde procedencia hasta alcanzar las más altas cotas de la milicia y ocupar uno de los cargos -regente- más importantes, por debajo sólo de la propia reina. Cfr. Artola (1978:165)).

El organigrama de la sociedad deja de ser estamental y comienza a adoptar una forma clasista. Se desarrollan los estratos sociales medios y el ejercicio y la responsabilidad del poder serán asumidos por grupos mesocráticos y meritocráticos (Castells y Moliner, 2000:15). El desarrollo comercial, la mejora progresiva de la explotación agrícola, la diversificación de la procedencia de las rentas y el crecimiento y racionalización de la administración dan lugar a mejoras en las condiciones de vida, a un incremento de recursos y a la paulatina extensión del bienestar físico y material entre capas más amplias de la población. Desaparece la antigua polarización estamental que distinguía entre privilegiados -y poseedores mayoritarios de recursos y riqueza- y no privilegiados -desposeídos y con escasas o nulas posibilidades de mejora y promoción social (Castells y Moliner, 2000:16)-.

España ha sido un país con extraordinarias dificultades para modernizarse (Flaquer, Giner y Moreno, 1990:19). Modernización no ha de identificarse única y exclusivamente con industrialización so pena de incurrir en un reduccionismo de tipo económico. Modernización es también secularización, pérdida de importancia de los linajes y la familia sobre la trayectoria de la persona, individualismo, privatización e innovación técnica. Desde esta perspectiva puede decirse que hoy España es un país integrado en el orden político, económico y social occidental. Dicha integración echa por tierra aquellas concepciones que tradicionalmente habían cuestionado la capacidad española para asimilarse al resto de las naciones europeas occidentales. En la actualidad España comparte con ellos niveles similares de acumulación capitalista, industrialización, alfabetización, urbanización, esperanza de vida o preponderancia de clases medias. La sociedad española ha asumido valores económicos fundamentados en la posesión material, el individualismo laboral y la confianza en la instrucción como medio de capacitación profesional; valores culturales donde la tradición se ve socavada a la par que se desarrollan hábitos culturales de masas y procesos de sincretismo ideológico; valores religiosos manifestados en la persistencia y vigor de ceremoniales y festejos de impronta católica en paralelo a la consolidación del agnosticismo y la desaparición del anticlericalismo; valores cotidianos orientados al consumo y la privatización del ocio y valores políticos en consonancia con la democracia liberal y la desradicalización ideológica (Flaquer, Giner y Moreno, 1990:58-69).

 

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