Hola! Soy estudiante de protocolo y estoy realizando un trabajo para inaugurar un archivo histórico en Sigüenza (Guadalajara). Quería confirmar el tratamiento del alcalde del municipio en el que se realiza el acto porque según el Real Decreto, al ser un municipio de menos de 100.000 habitantes le corresponde el tratamiento de "Señoría" pero sé que hay alcaldes que por motivos históricos, pueden recibir el tratamiento de "Ilustrísimo" y no sé si éste es el caso.
Muchas gracias!
Magüi
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Tratamiento Alcalde municipio!
SantiagoVillamayor
20 Posts
Señor Don
13/03/12 11:18
Querido Magui,
el tratamiento de "Señoría" en España no se utiliza, más que en el ámbito judicial y parlamentario. Lo que se utiliza es Sr. D.
El límite del tratamiento en los alcaldes no es sólo la población. Todas las capitales de provincia que tienen menos de 100.000h tb. son Ilmos.
Asegurate como siempre que no le corresponde otro tretamiento por algún motivo.
el tratamiento de "Señoría" en España no se utiliza, más que en el ámbito judicial y parlamentario. Lo que se utiliza es Sr. D.
El límite del tratamiento en los alcaldes no es sólo la población. Todas las capitales de provincia que tienen menos de 100.000h tb. son Ilmos.
Asegurate como siempre que no le corresponde otro tretamiento por algún motivo.