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Reglamento de protocolo, honores, distinciones... Ayuntamiento de Albatera. I.

Reglamento de protocolo, honores, distinciones y recompensas, símbolos y sus usos en el Ayuntamiento de Albatera.

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EDICTO:

D. Francisco García Gelardo, Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Albatera
Hace saber:

Que el Pleno de fecha 25 de febrero de 2000, ha adoptado por unanimidad el siguiente acuerdo:

Primero.

Aprobar inicialmente el Reglamento de Protocolo, Honores, Distinciones, Recompensas, Símbolos y Usos en el Excmo. Ayuntamiento de Albatera, cuyo texto es el siguiente:"Reglamento de protocolo, honores, distinciones y recompensas, símbolos y sus usos en el Ayuntamiento de Albatera"

Preámbulo.

El Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, alude en su artículo 41.1 al Reglamento de Protocolo Municipal; y, los artículos 189 a 191 del mismo, facultan al Ayuntamiento para la creación de medallas, emblemas, condecoraciones u otros distintivos honoríficos, a fin de premiar especiales merecimientos, beneficios señalados o servicios extraordinarios.

Los pueblos necesitan, como expresión de su marcha en común, dotarse de unos símbolos, a través de los cuales se identifican consigo mismos. Éstos, por servir de identificación, tienen una vocación unitaria y deben, en consecuencia, estar por encima de las diversas opciones y proyectos políticos e ideológicos por correctos y ajustados que éstos sean. Recogen la herencia del pasado, las vivencias del presente y los proyectos de futuro.

Este Ayuntamiento, atendiendo a que el protocolo y ceremonial proyectan de forma visual la imagen de la Institución Municipal y de las personas que las representan; y a que su regulación, junto a los honores que la Corporación pueda otorgar, resulta aconsejable para que el devenir de la Administración municipal contemple las solemnidades oportunas, por medio del presente Reglamento se procede a su articulación.

Capítulo I.

Disposiciones Generales.

Artículo 1.

El presente Reglamento será de aplicación en los actos públicos que se celebren en el término municipal, así como en la concesión de Honores, Distinciones y Recompensas que otorgue la Corporación.

Así mismo regula el escudo de Albatera, su bandera e himno y sus usos.

Capítulo II.

De los símbolos y sus usos en el Ayuntamiento de Albatera

Sección I. Del Escudo de Albatera.

Artículo 2.

El escudo de Albatera, aprobado en Sesión Plenaria de 16 de enero de 1997, consta de los siguientes componentes heráldicos:

Escudo cuadrilongo de boca redonda, medio partido y cortado. Al primer cuartel, en campo de gules, un roque de oro. Al segundo cuartel, en campo de plata, una corneta de sable, enlazada de gules, elementos característicos de las armas de los Rocafull. En el tercer cuartel, una pechina de plata, símbolo del Patrón Santiago Apóstol en el centro, sobre campo de azur. El timbre una corona real abierta conforme a la tradición valenciana, formada por un círculo de oro enriquecido de piedras preciosas, con ocho florones al modo de las hojas de apio.

Los colores del Escudo de Albatera, especificados en el sistema internacional de muestras comparativas "Pantone", son los siguientes:

- Color: Denominación Sistema "Pantone".

- Oro: oro 871 metálico.

- Plata: plata 977 metálico.

- Azur: azul (añil) 286 "process blue".

- Gules: rojo (sangre) 1.795 c.

- Sable: negro "process black" nº 2.

Artículo 3.

El escudo municipal, descrito en el artículo anterior, figurará en las estampillas municipales, así como en los reposteros con ocasión de las fiestas nacionales, de la comunidad autónoma, locales, y en aquellos actos que, por su excepcional significación aconsejen su presencia. Asimismo figurará en:

- las placas de las fachadas de los edificios municipales.

- los títulos acreditativos de condecoraciones.

- las publicaciones oficiales.

- los documentos impresos, sellos y membretes de uso oficial.

- los distintivos usados por las autoridades locales.

- objetos de uso oficial en los que por su carácter representativo deban figurar los símbolos de Albatera.

 

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