A continuación les planteo mi duda, sobre un acto que tuvo lugar en Pozuelo de Alarcón (Madrid), organizado por el ayuntamiento del municipio.
En febrero, el ex presidente del Gobierno, José María Aznar, cerró un ciclo de conferencias llamado "Relecturas" y que estuvo organizado por el Ayuntamiento de Pozuelo, en esta ocasión, fue el director del diario El Mundo, Pedro J. Ramírez, el encargado de presentar la intervención de José María Aznar, que versó sobre un libro, que fue editado por la Editorial de la Fundación FAES que el ex presidente preside actualmente.
La mesa presidencial constaba de tres personas: el ex presidente, José Mª Aznar (en el lado derecho del alcalde, ocupando el puesto 2); el alcalde de Pozuelo, Jesús Sepúlveda (que presidía la mesa en el puesto 1); y el director del diario El Mundo, Pedro J.Ramírez (en el puesto 3). Sistema de ordenación en alternancia e individual.
La duda que me surge es la siguiente; atendiendo al Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto, artículos 12 y 13 dice que los actos organizados en el territorio propio de una Comunidad el orden de precedencia sería para los Ex presidentes el puesto 14, en este caso el Sr. Aznar y en el 19 el Alcalde del municipio, en este caso el Sr. Sepúlveda. Por lo tanto, ¿en la mesa presidencial no debería haber sido presidido por el Sr. Aznar en el puesto 1 y a su derecha en el puesto 2 el Alcalde, por dos motivos, por atender al Real Decreto y por cortesía hacia el invitado de honor que goza de mayor rango que el Alcalde?
Por otro lado, sería correcto se utilizara el tratamiento honorífico de Excmo. (Excelentísimo) para designar al Alcalde. ¿No se aplica Excmo. sólo para los alcaldes de Madrid y de Barcelona?
Gracias por vuestra aportación.
Sylviana
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Dudas sobre la presidencia de un acto en Pozuelo de Alarcón
Sylviana España
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Dar Las Gracias. Dudas sobre la presidencia de un acto en Pozuelo de Alarcón
23/03/07 00:00
Muchas gracias a Juan Carlos y Esther Morillas, por vuestro tiempo y conocimientos.
Por fin he resuelto mis dudas¡¡
Por fin he resuelto mis dudas¡¡
Esther Morillas
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RE: Dudas sobre la presidencia de un acto en Pozuelo de Alarcón
21/03/07 00:00
Según mi opinión la presidencia era correcta. Quien ocupa el primer lugar siempre es el anfitrión que en este caso era el alcalde al ser un acto organizado por el ayuntamiento; a partir de este puedo, se atiende al Real Decreto. Ciertamente, el alcalde podría haber cedido su puesto al ex-presidente del gobierno pero considero que fue más acertado no hacerlo; hubiese sido mucho más lógico cederselo a una autoridad con el cargo en vigencia. Además, en una presidencia con tres puestos, el ceder o no ceder un puesto no supone que ninguna autoridad o participante quede "de lado".
En cuanto al tratamiento del alcalde por un lado tenemos la norma general que dice que Ilmo. son los Alcaldes en general salvo los de ciudades capitales o de municipios de más de 100.000 habitantes (no estoy segura ahora mismo del número de habitantes). Por otro lado, está el hecho de que los municipios tienen autonomía en materia de protocolo por lo que cada ayuntamiento puede establecer sus propias normas y reflejarlas en su libro de protocolo y estilo, siempre que estas no denigren, releguen o subestimen a los principales cargos e instituciones contenidas en el R.D. Si el acto lo hubiese organizado una institucíón central, hubiesen seguido la normativa general en materia de protocolo pero al hacerlo una institución municipal (como es el Ayto de Pozuelo), habrán seguido su propia normativa, previo acuerdo de los jefes de protocolo o gabinete de las autoridades y participantes presentes.
Un saludo,
En cuanto al tratamiento del alcalde por un lado tenemos la norma general que dice que Ilmo. son los Alcaldes en general salvo los de ciudades capitales o de municipios de más de 100.000 habitantes (no estoy segura ahora mismo del número de habitantes). Por otro lado, está el hecho de que los municipios tienen autonomía en materia de protocolo por lo que cada ayuntamiento puede establecer sus propias normas y reflejarlas en su libro de protocolo y estilo, siempre que estas no denigren, releguen o subestimen a los principales cargos e instituciones contenidas en el R.D. Si el acto lo hubiese organizado una institucíón central, hubiesen seguido la normativa general en materia de protocolo pero al hacerlo una institución municipal (como es el Ayto de Pozuelo), habrán seguido su propia normativa, previo acuerdo de los jefes de protocolo o gabinete de las autoridades y participantes presentes.
Un saludo,
Juan Carlos
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RE: Dudas sobre la presidencia de un acto en Pozuelo de Alarcón
20/03/07 00:00
Sylviana, bienvenida a la realidad. Una cosa es la teoría y otra la práctica. Verás muchos actos en los que la teoría no coincide con la realidad.
Pero respondiendo a tu pregunta, lo primero es conocer si el acto era privado o no. Porque si es privado ls organizadores son los encargados de establecer el orden que consideren más conveniente.
Si el acto es oficial te comento. En los actos oficiales se suelen seguir estas normas:
"La Familia Real preside todos los actos que se celebran en territorio nacional, al igual que el Presidente del Gobierno si no asistieran miembros de la Corona. El Presidente de una Comunidad Autónoma preside los actos en su demarcación, al ser el representante ordinario de la Corona en la región. El Alcalde preside los actos en su municipio. En estos dos últimos casos las excepciones vienen dadas por el hecho de que la Presidencia correspondiera a una autoridad superior".
En cuanto al tratamiento del Alcalde debería dejarse de aplicar según el nuevo Código de Buen Gobierno, pero en todo caso sería Ilustrísimo, salvo alguna regulación local en cuanto esta cuestión, pues están creciendo "como setas" la regulaciones autonómicas y locales en estas materias de protocolo, tratamientos y honores.
Pero respondiendo a tu pregunta, lo primero es conocer si el acto era privado o no. Porque si es privado ls organizadores son los encargados de establecer el orden que consideren más conveniente.
Si el acto es oficial te comento. En los actos oficiales se suelen seguir estas normas:
"La Familia Real preside todos los actos que se celebran en territorio nacional, al igual que el Presidente del Gobierno si no asistieran miembros de la Corona. El Presidente de una Comunidad Autónoma preside los actos en su demarcación, al ser el representante ordinario de la Corona en la región. El Alcalde preside los actos en su municipio. En estos dos últimos casos las excepciones vienen dadas por el hecho de que la Presidencia correspondiera a una autoridad superior".
En cuanto al tratamiento del Alcalde debería dejarse de aplicar según el nuevo Código de Buen Gobierno, pero en todo caso sería Ilustrísimo, salvo alguna regulación local en cuanto esta cuestión, pues están creciendo "como setas" la regulaciones autonómicas y locales en estas materias de protocolo, tratamientos y honores.